Ley Laboral de Patentes
Según el artículo 6 de la Ley de Patentes, las invenciones y creaciones realizadas durante el desempeño de las tareas de la unidad o utilizando principalmente las condiciones materiales y técnicas de la unidad se clasifican como invenciones de servicios. El derecho a solicitar una patente para una invención o creación de servicios pertenece a la unidad, una vez aprobada la solicitud, la unidad se convierte en titular de la patente;
De acuerdo con el artículo 12 de las Normas de aplicación de la Ley de Patentes, el término "invenciones y creaciones de servicios" mencionado en el artículo 6 de la Ley de Patentes se refiere a: (3) Invenciones realizadas dentro del año posterior a la jubilación , transferencia de la unidad original, o terminación de las relaciones laborales y personales Invenciones y creaciones realizadas relacionadas con el trabajo realizado por la unidad original o las tareas asignadas por la unidad original.