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¿Es ilegal que las niñas acompañen bebidas en KTV?

Si es un acto ilegal acompañar a un camarero de KTV debe juzgarse en función de las circunstancias específicas. Las razones específicas son las siguientes:

1. No está permitido proporcionar o realizar actividades lucrativas con acompañantes. Los acompañantes pagados son conductas expresamente prohibidas por la ley; según las disposiciones legales pertinentes, los lugares de entretenimiento y sus empleados no están autorizados a proporcionar o realizar servicios de acompañamiento con fines de lucro, ni tampoco se les permite brindar condiciones para que las personas que ingresan a los lugares de entretenimiento realicen lo antes mencionado; comportamientos. En los lugares de entretenimiento comercial de mi país, es ilegal proporcionar acompañantes pagados, como beber y cantar, con fines de lucro;

2. No es ilegal si es únicamente para acompañar la bebida o el canto, por motivos de seguridad pública. Los órganos no tienen derecho a lidiar con este tipo de comportamiento. Sin embargo, si hay pruebas que demuestran que la persona ha violado la seguridad pública o es sospechosa de haber cometido un delito penal, puede ser denunciada directamente al órgano de seguridad pública. No existe una base específica para castigar a las personas que son acompañantes pagados, pero para los lugares de entretenimiento que cometen actos prohibidos por las leyes anteriores, el departamento de seguridad pública a nivel del condado confiscará las ganancias ilegales y la propiedad ilegal, y les ordenará suspender sus actividades durante 3 a 6 meses, en casos graves, si se produce la infracción, la autoridad otorgante de licencias original revocará la licencia del negocio de entretenimiento y la persona directamente responsable a cargo y otro personal directamente responsable recibirán una multa de no menos de 10.000 RMB pero no más de 10.000 RMB; 20.000 RMB. Si las circunstancias son graves, se revocará la licencia comercial y se impondrá una multa.

Base legal: Artículo 5 del "Reglamento de Gestión de Lugares de Entretenimiento"

Las personas que se encuentren en cualquiera de las siguientes circunstancias no abrirán un lugar de entretenimiento ni realizarán negocios en un lugar de entretenimiento:

(1) Haber cometido alguna vez el delito de organizar, forzar, atraer, albergar e introducir la prostitución, el delito de producir, vender y difundir materiales obscenos, el delito de contrabando, venta, transporte y fabricación. drogas, el delito de violación, el delito de indecencia forzada, el insulto a las mujeres y el juego. Delitos delictivos, lavado de dinero, organización, dirección y participación en organizaciones del hampa;

(2) Aquellos que han sido privados de derechos políticos por delitos;

(3) Quienes consumen o se inyectan drogas; Quienes han sido obligados a desintoxicarse de las drogas;

(4) Quienes han sido condenados a penas administrativas. detención por prostitución o prostitución.