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Medidas provisionales de Shanghai para la gestión social y cultural

Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Con el fin de asegurar el sano desarrollo de las empresas sociales y culturales, activar la vida cultural de las masas y promover la construcción de la civilización espiritual socialista, se formulan estas Medidas. Artículo 2 Estas Medidas se aplican a los salones de baile (incluidos los salones de baile, los salones de canto y de baile), los cafés musicales (incluido el karaoke) y sus bandas, las representaciones teatrales de aficionados, la educación y formación artística de aficionados, los desfiles de moda y otras actividades culturales, artísticas y de entretenimiento cultural. , así como grupos de arte y literatura popular . Artículo 3 La Oficina Municipal de Cultura de Shanghai es responsable de la organización e implementación de estas Medidas, y la Oficina Municipal de Gestión Social y Cultural de Shanghai (en adelante, la Oficina Municipal Social y Cultural) es responsable de la gestión específica de la cultura social. Las principales responsabilidades de la Oficina Social y Cultural Municipal son: formular diversas normas y reglamentos para la gestión social y cultural; examinar y aprobar proyectos comerciales relacionados con la cultura, el arte y el entretenimiento cultural; brindar orientación comercial a las oficinas culturales de distrito y condado; organizar formación y asesoramiento empresarial; realizar gestión social y cultural. Supervisión, inspección, etc.

La oficina cultural del distrito y del condado es el departamento de gestión social y cultural del distrito y del condado y es responsable de la gestión diaria de la cultura social del distrito y del condado.

Los departamentos industrial y comercial, de seguridad pública, de salud, de precios, de finanzas, de impuestos y otros de todos los niveles deben cooperar con el Departamento Social y Cultural Municipal y las oficinas culturales de distrito y condado para hacer un buen trabajo en gestión social y cultural. Artículo 4 Sin la aprobación del departamento de gestión social y cultural, ninguna unidad o individuo podrá realizar actividades comerciales culturales, artísticas y de entretenimiento cultural sin autorización, y no podrá establecer grupos de arte y literatura popular. Artículo 5 Los departamentos de gestión social y cultural de todos los niveles deben realizar el trabajo de gestión de acuerdo con los principios de apertura y dinamización, apoyo y orientación, frente a las masas, beneficiando tanto a la oferta como a la demanda, y el principio de quién aprueba y gestiona. Al operar proyectos de artes culturales y entretenimiento cultural, debemos anteponer los beneficios sociales, cumplir con las leyes nacionales y la ética social, establecer y mejorar diversos sistemas y lograr operaciones civilizadas. Capítulo 2 Salones de baile, cafés musicales y sus bandas Artículo 6 Los grupos culturales y artísticos, lugares (salas) de entretenimiento cultural, hoteles, restaurantes, parques, salas de exposiciones y otras unidades podrán abrir salones de baile comerciales y cafés musicales de acuerdo con estas medidas. Artículo 7 Para abrir salones de baile comerciales y cafés musicales, las unidades municipales deberán solicitar al Departamento Social y Cultural Municipal, otras unidades deberán solicitarlo a la oficina cultural del distrito local o del condado e informar al Departamento Social y Cultural Municipal para su presentación. La Oficina Social y Cultural Municipal y la Oficina Cultural del Distrito y del Condado revisarán y aprobarán conjuntamente los órganos de seguridad pública del distrito y del condado locales. La Oficina Social y Cultural Municipal y la Oficina Cultural del Distrito y del Condado emitirán una "Casa de Té Musical y Salón de Danza". "Permiso", y el órgano de seguridad pública emitirá un "Certificado de Licencia de Gestión de Seguridad Pública" y pasará por los procedimientos de registro con el departamento de administración industrial y comercial del distrito local o del condado antes de comenzar a trabajar. Artículo 8 Las solicitudes para la apertura de salones de baile y cafés musicales deben cumplir las siguientes condiciones:

(1) Existe un área adecuada para salones de baile o cafés musicales con un área de más de 150 metros cuadrados (discoteca (se determinarán salones de baile específicos según corresponda) El sitio es fijo, el edificio es sólido y seguro, y hay más de dos entradas y salidas que se mantienen despejadas.

(2) El salón de baile debe poder separar la pista de baile y los asientos; los salones de baile y los cafés musicales donde actúan las bandas deben tener pequeños escenarios y salones para los artistas (cantantes).

(3) Hay un cuarto para guardar ropa y una sala para fumadores.

(4) El equipo de extinción de incendios es completo, eficaz, correctamente instalado y se dispone de equipos de iluminación de emergencia.

(5) Contar con buenos equipos de audio y personal de gestión profesional y técnico correspondiente.

(6) Las instalaciones de ventilación, saneamiento y otras deben cumplir con los estándares estipulados por el departamento de salud municipal.

(7) Aprobación de la autoridad superior. Artículo 9 Los salones de baile y los cafés musicales deberán cumplir con las siguientes normas:

(1) La capacidad del salón de baile es de dos metros cuadrados por persona (la capacidad de la sala de discoteca es de 1,8 metros cuadrados por persona) , y la capacidad del café musical es de 1,2 metros cuadrados por persona. Se implementan asientos numerados y no se permite el hacinamiento.

(2) Al contratar bandas y cantantes, se debe firmar un contrato de actuación e informar al departamento de gestión social y cultural del municipio o distrito o condado para su presentación, no se permiten bandas y cantantes sin licencias y certificados de actor; para ser contratado.

(3) El repertorio reproducido e interpretado (cantado) debe ser saludable, y no se permite reproducir ni interpretar (cantar) repertorio con contenido reaccionario y obsceno.

(4) El volumen en el recinto deberá ser moderado y no deberá afectar al resto de vecinos del entorno.

(5) No se permite la entrada a niños de preescolar ni a alumnos de primaria y secundaria.

Artículo 10: Cuando se muestren videos para entretenimiento en cafés musicales, salones de baile, bares y otros lugares, el contenido de los videos debe informarse a los departamentos pertinentes para su revisión de acuerdo con las regulaciones de proyección de videos pertinentes. Artículo 11 Si los hoteles, restaurantes o discotecas necesitan contratar bandas o cantantes para actuar en bares, cafeterías, restaurantes, etc., deberán cumplir con lo dispuesto en el artículo 9 de estas Medidas. Artículo 12 Todas las bandas y cantantes que actúen (cantan) en salones de baile, cafés musicales, restaurantes, bares y otros lugares deberán presentar su solicitud a la Oficina Social y Cultural Municipal, y sólo después de haber sido evaluados y expedidos una licencia y un certificado de actor podrán actuar. Artículo 13 Las bandas y cantantes deben cumplir con las siguientes regulaciones:

(1) Cumplir con las leyes y políticas nacionales.

(2) Los miembros de la banda son relativamente fijos. Si deseas cambiar a los miembros de la banda, debes tomar la iniciativa de realizar los procedimientos de cambio; El vestuario de la actuación es hermoso y elegante, y el estilo tifón es civilizado y decente.

(3) Los ingresos por rendimiento deben transferirse a la cuenta designada a través del banco. Artículo 14 Cuando se contrate a extranjeros para realizar espectáculos comerciales culturales y de entretenimiento en salones de baile, cafés musicales, hoteles, restaurantes, bares y otros lugares de esta ciudad, deberán presentar el contrato de desempeño firmado y los materiales pertinentes que acrediten su nivel profesional. la Solicitud del Departamento Municipal de Asuntos Sociales y Culturales; la Oficina Municipal de Asuntos Sociales y Culturales trabajará con los departamentos pertinentes para completar la revisión y aprobación en un plazo de diez días. El empleo sólo se puede realizar después de la aprobación y emisión de una licencia.