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¿Las trabajadoras despedidas pueden jubilarse a los 50 años?

Las trabajadoras despedidas que cumplan las condiciones a los 50 años pueden solicitar la jubilación. Pero se deben cumplir las siguientes condiciones: En primer lugar, el seguro de pensión pagado mientras trabajaba en la empresa original debe ser superior a 10 años. Después del despido, el seguro de pensión debe pagarse como autónomo. Puede jubilarse a la edad de 10 años. 50. En segundo lugar, las empleadas despedidas deben haber contratado un seguro de pensión durante 15 años o más y, en principio, tener 55 años. Pero si se trata de una empresa que quebró en 1994 o antes, podrás disfrutar de la jubilación a los 50 años. Si acaba de ser despedido y la unidad todavía existe, o la empresa quebró después de 1994, no podrá disfrutar de la jubilación a la edad de 50 años. En tercer lugar, si una empleada de una empresa estatal que fue cerrada, quebrada y reestructurada y tenía más de 45 años cuando se terminó o terminó su relación laboral, y continúa teniendo una relación de seguro de pensión como empleada flexible después de su trabajo Se termina o termina la relación, ella deberá solicitar También podrá solicitar la jubilación cuando cumpla 50 años.