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¿Pueden los dos acusados ​​contratar conjuntamente al mismo abogado?

Análisis jurídico: 1. En el proceso penal, un abogado no puede actuar como defensor de más de dos imputados en el mismo caso al mismo tiempo. La razón de esta disposición es que en el mismo caso, varios acusados ​​tienen diferentes estatus y roles en el caso, y sus intereses son a la vez consistentes y conflictivos. En el mismo caso, si un abogado defiende a varios acusados ​​al mismo tiempo, el defensor puede encontrarse en una posición contradictoria, lo que dificulta la protección de los derechos e intereses legítimos de varios acusados ​​al mismo tiempo.

2. En un proceso civil, dos o más demandados son * * * obligados solidarios, y los derechos y obligaciones se combinan en uno solo, y no implican la redistribución de intereses, como la propiedad o los bienes. de una pareja como * * * coacusados ​​los casos de infracción se tramitan de conformidad con los Principios Generales de la Ley de Procedimiento Civil, y se permite confiar el litigio al mismo abogado si dos o más * * * acusados ​​son coacusados; deudores, es necesario reasignar los derechos y obligaciones legales. Por ejemplo, en un caso de indemnización de daños en el que * * * y el infractor son demandados, aunque hay consistencia temporal en el pleito contra la otra parte, implica la redistribución de intereses futuros entre las partes.

Base jurídica: Artículo 33 de la “Ley de Procedimiento Penal de la República Popular China”. Además de ejercer su derecho a la defensa, los sospechosos y acusados ​​de un delito también pueden confiar la defensa a una o dos personas. Se pueden encomendar como defensores a las siguientes personas:

(1) Abogados;

(2) Personas recomendadas por organizaciones populares o la unidad donde trabaja el sospechoso o imputado;

(3) Tutores, familiares y amigos de sospechosos e imputados de delitos.

No podrán actuar como defensores las personas que hayan sido condenadas a pena o privadas o restringidas de su libertad personal de conformidad con la ley.

No podrán actuar como defensores las personas que hayan sido destituidas de cargos públicos o cuyo título de ejercicio de abogado o notario haya sido revocado, salvo los tutores o parientes próximos de los sospechosos o imputados.