Red de conocimiento del abogados - Bufete de abogados - Ahora que se ha rechazado el derecho de patente, ¿cuáles son las condiciones de diseño para conceder el derecho de patente? Las invenciones y modelos de utilidad a los que se conceden derechos de patente deben ser novedosos, creativos y prácticos. Novedad significa que la invención o modelo de utilidad no pertenece al estado de la técnica antes de la fecha de solicitud, ninguna unidad o individuo ha presentado una solicitud ante el departamento de administración de patentes del Consejo de Estado para la misma invención o modelo de utilidad, y el registro; se publica o se publica después de la fecha de solicitud de los documentos de solicitud de patente publicados. Creatividad significa que, en comparación con la tecnología existente, la invención tiene características sustantivas sobresalientes y avances significativos, y el modelo de utilidad tiene características y avances sustanciales. La practicidad significa que la invención o modelo de utilidad puede fabricarse o utilizarse y puede producir efectos positivos. El término "tecnología existente", tal como se utiliza en esta Ley, se refiere a la tecnología que es conocida por el público en el país y en el extranjero antes de la fecha de presentación. Artículo 25 No se conceden derechos de patente para los siguientes artículos: (1) Descubrimientos científicos; (2) Reglas y métodos de actividades intelectuales (3) Métodos de diagnóstico y tratamiento de enfermedades (4) Especies animales y vegetales; de Sustancias obtenidas por transformación de núcleos atómicos; (6) Diseños de patrones, colores o una combinación de ambos en materia impresa plana. A los métodos de producción de los productos enumerados en el inciso 4) del párrafo anterior se les podrán otorgar derechos de patente de conformidad con las disposiciones de esta Ley.

Ahora que se ha rechazado el derecho de patente, ¿cuáles son las condiciones de diseño para conceder el derecho de patente? Las invenciones y modelos de utilidad a los que se conceden derechos de patente deben ser novedosos, creativos y prácticos. Novedad significa que la invención o modelo de utilidad no pertenece al estado de la técnica antes de la fecha de solicitud, ninguna unidad o individuo ha presentado una solicitud ante el departamento de administración de patentes del Consejo de Estado para la misma invención o modelo de utilidad, y el registro; se publica o se publica después de la fecha de solicitud de los documentos de solicitud de patente publicados. Creatividad significa que, en comparación con la tecnología existente, la invención tiene características sustantivas sobresalientes y avances significativos, y el modelo de utilidad tiene características y avances sustanciales. La practicidad significa que la invención o modelo de utilidad puede fabricarse o utilizarse y puede producir efectos positivos. El término "tecnología existente", tal como se utiliza en esta Ley, se refiere a la tecnología que es conocida por el público en el país y en el extranjero antes de la fecha de presentación. Artículo 25 No se conceden derechos de patente para los siguientes artículos: (1) Descubrimientos científicos; (2) Reglas y métodos de actividades intelectuales (3) Métodos de diagnóstico y tratamiento de enfermedades (4) Especies animales y vegetales; de Sustancias obtenidas por transformación de núcleos atómicos; (6) Diseños de patrones, colores o una combinación de ambos en materia impresa plana. A los métodos de producción de los productos enumerados en el inciso 4) del párrafo anterior se les podrán otorgar derechos de patente de conformidad con las disposiciones de esta Ley.