La diferencia entre responsabilidad extracontractual general y responsabilidad extracontractual especial
Las diferencias entre agravios generales y agravios especiales son:
1. Los principios de responsabilidad son diferentes a los agravios generales se les aplica el principio de culpa, mientras que a las infracciones especiales se les aplica el principio de no culpa o no. el principio de presunción de culpa;
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2. La carga de la prueba se distribuye de manera diferente para las infracciones generales, la víctima debe aportar pruebas, mientras que para las infracciones especiales, el infractor debe aportar pruebas.
¿Cuál es la diferencia entre infracción especial e infracción general?
1. Los elementos constitutivos son diferentes. Los agravios especiales no requieren que el perpetrador sea culpable del daño causado, mientras que los agravios generales requieren que el perpetrador sea culpable.
2. Los responsables de la infracción son diferentes. Los sujetos de infracciones generales son sujetos generales, y los sujetos de infracciones especiales son sujetos especiales, como agencias estatales o personal de agencias estatales, personas involucradas en operaciones peligrosas, personas que causan contaminación ambiental, unidades o personal de construcción, propietarios o administradores de edificios. criadores o administradores de animales, fabricantes y vendedores especificados en la Ley de Calidad del Producto, etc.
3. Los motivos de la defensa son diferentes. Algunas defensas aplicables en agravios generales, como la legítima defensa, la evitación de emergencia, etc., no pueden utilizarse como defensas para infracciones especiales.
4. Diferentes formas de asumir la responsabilidad. La principal forma de asumir la responsabilidad civil por agravios especiales es compensar las pérdidas; mientras que en el caso de agravios generales, además de la compensación por las pérdidas, también existen formas de asumir la responsabilidad civil, como la devolución de bienes, la eliminación de obstáculos y el cese de la infracción.
5. La distribución de la carga de la prueba es diferente. La carga de la prueba en los casos de daños generales recae sobre la víctima de acuerdo con el principio de "quién afirma, quién prueba", es decir, los cuatro elementos constitutivos de los daños generales: culpa subjetiva, conducta ilícita, resultados del daño y causa causal. La relación entre la conducta y los resultados está determinada por La víctima prueba que si uno de los elementos no puede probarse, el acusado no comete infracción. La carga de probar las infracciones especiales no necesariamente recae enteramente en la parte perjudicada. Por ejemplo, los elementos constitutivos subjetivos antes mencionados, si existen disposiciones específicas en la ley, otros elementos constitutivos también deben recaer en el demandado. No es necesario que la parte pruebe el acto ilícito y el daño resultante. Existe una relación de causalidad entre ellos.
6. El ámbito de aplicación es diferente. Para evitar el abuso de la responsabilidad civil por daños especiales, los daños especiales sólo se limitan al ámbito expresamente previsto por la ley. El alcance de la infracción general no tiene esta limitación.
7. Las leyes aplicables son diferentes. La relación entre agravios generales y agravios especiales es la relación entre agravios generales y especiales. Si la ley tiene disposiciones sobre agravios especiales, prevalecerán las leyes especiales basándose en el principio de que las leyes especiales son superiores a las leyes generales. sobre ellos, se estará a lo dispuesto en el Reglamento general de daños.
Base jurídica:
Artículo 1164 del Código Civil que entrará en vigor en 2021
Este apartado ajusta los supuestos derivados de la infracción de derechos e intereses civiles. relaciones civiles.
Artículo 1165
Si un actor causa daño por su culpa al infringir los derechos e intereses civiles de otros, incurrirá en responsabilidad extracontractual.
Según las disposiciones legales, se presume que el actor tiene culpa y si no puede probar que no tiene culpa, incurrirá en responsabilidad extracontractual.
Artículo 1166
Si un actor causa daño a los derechos e intereses civiles de otros, independientemente de si el actor tiene culpa o no, y la ley estipula que debe soportar el daño responsabilidad, se aplicarán dichas disposiciones.
Artículo 1167
Si la infracción pone en peligro la seguridad personal o patrimonial de otros, el infractor tiene derecho a exigir del infractor que asuma la responsabilidad de detener la infracción, eliminar los obstáculos, y eliminar el peligro y otras responsabilidades extracontractuales.