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¿Cómo se considera un logotipo una infracción?

Subjetividad legal:

El estándar para identificar la infracción del logotipo es que la composición del gráfico del logotipo sea similar a la apariencia general, lo que fácilmente puede causar que el público relevante malinterprete la fuente de los productos o servicios. El logotipo contiene por adelantado marcas gráficas notorias o distintivas de otras personas, lo que fácilmente puede hacer que el público relevante piense que pertenece a una serie de marcas comerciales y malinterprete la fuente de los productos o servicios.

Objetividad jurídica:

Artículo 57 de la Ley de Marcas: Infringe el derecho exclusivo de uso de una marca registrada quien cometa cualquiera de los siguientes actos: (1) Sin el permiso del registrante de la marca (2) Usar una marca que es la misma que su marca registrada en el mismo tipo de productos sin el permiso del registrante de la marca o usar una marca que es idéntica o similar a su marca registrada en productos similares sin el permiso; del titular de la marca. La marca puede causar confusión (3) Vender productos que infrinjan los derechos exclusivos de las marcas registradas.