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¿Cuáles son los principios generales para el reexamen de patentes?

El procedimiento de reexamen de patentes se refiere a un recurso para los solicitantes cuando se rechaza una solicitud de patente. Sólo el solicitante de la patente tiene derecho a iniciar el procedimiento de reexamen de la patente, y debe presentarlo al Comité de Reexamen de Patentes de la Oficina Estatal de Propiedad Intelectual dentro de los 3 meses posteriores a la recepción de la notificación de rechazo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Patentes, la Junta de Reexamen de Patentes acepta y examina las solicitudes de reexamen y toma decisiones. Los casos que solicitan un reexamen incluyen casos que solicitan un reexamen de patente debido a la insatisfacción con la decisión de rechazar una solicitud de patente en los procedimientos de examen preliminar y de examen sustantivo. Artículo 41 El departamento de administración de patentes del Consejo de Estado establecerá un comité de reexamen de patentes. Si un solicitante de patente no está satisfecho con la decisión del Departamento de Administración de Patentes del Consejo de Estado de rechazar la solicitud, puede solicitar un nuevo examen a la Junta de Reexamen de Patentes dentro de los tres meses siguientes a la fecha de recepción de la notificación. Después del reexamen, la Junta de Reexamen de Patentes tomará una decisión y notificará al solicitante de la patente.

Si un solicitante de patente no está satisfecho con la decisión de reexamen de la Junta de Reexamen de Patentes, puede presentar una demanda ante el Tribunal Popular dentro de los tres meses siguientes a la fecha de recepción de la notificación. Artículo 59 de las Normas de Aplicación de la Ley de Patentes: El Comité de Reexamen de Patentes estará compuesto por expertos técnicos y expertos legales designados por el Departamento de Administración de Patentes del Consejo de Estado, y el presidente será atendido simultáneamente por el responsable de la Patente. Departamento de Administración del Consejo de Estado. Artículo 60 Cuando se presente una solicitud de reexamen a la Junta de Reexamen de Patentes de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Patentes, se presentará una solicitud de reexamen explicando los motivos y adjuntando las pruebas pertinentes cuando sea necesario. Si la solicitud de reexamen no cumple con las disposiciones del Artículo 19, Párrafo 1, o del Artículo 41, Párrafo 1 de la Ley de Patentes, la Junta de Reexamen de Patentes no aceptará la solicitud y notificará al solicitante por escrito explicando los motivos. Si la solicitud de reexamen no cumple con el formato prescrito, el solicitante del reexamen deberá hacer correcciones dentro del plazo designado por la Junta de Reexamen de Patentes; si no se realizan correcciones dentro del plazo, la solicitud de reexamen se considerará no realizada; . Artículo 61 El solicitante podrá modificar los documentos de solicitud de patente al presentar una solicitud de reexamen o responder al aviso de reexamen emitido por la Junta de Reexamen de Patentes. Sin embargo, la modificación debe limitarse a eliminar los defectos señalados en la decisión de rechazo o en el aviso de reexamen.