El cesionario violó las disposiciones del contrato de licencia de patente
Base Legal
Artículo 872 del Código Civil
Si el licenciante no licencia la tecnología según lo acordado, deberá devolver parte o la totalidad de las regalías y asumirá la responsabilidad por incumplimiento de contrato. Quien explote una patente o utilice secretos técnicos más allá del alcance acordado, o permita a un tercero explotar una patente o utilizar secretos técnicos sin permiso en violación del acuerdo, cesará en el incumplimiento del contrato y asumirá la responsabilidad; responsabilidad por incumplimiento de contrato; quien viole las obligaciones de confidencialidad acordadas asumirá la responsabilidad por incumplimiento de contrato.
Si el cedente fuera responsable por incumplimiento del contrato, se aplicará mutatis mutandis lo dispuesto en el párrafo anterior.