Red de conocimiento del abogados - Bufete de abogados - ¿Se pueden patentar las aplicaciones web?

¿Se pueden patentar las aplicaciones web?

No puedo. Las aplicaciones web no están sujetas a protección por patente.

Artículo 2 de la Ley de Patentes: “Invenciones y creaciones” a que se refiere esta Ley se refieren a las invenciones, modelos de utilidad y diseños.

La invención se refiere a una nueva solución técnica propuesta para un producto, método o mejora del mismo.

Los modelos de utilidad hacen referencia a nuevas soluciones técnicas prácticas propuestas para la forma, estructura o combinación de productos.

El diseño de apariencia se refiere a un nuevo diseño que es estéticamente agradable y adecuado para aplicaciones industriales en función de la forma, patrón o combinación del producto, así como la combinación de color, forma y patrón.