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¿Se puede confiar un fondo de capital privado (PE) a dos sociedades gestoras al mismo tiempo?

1.PE puede estar compuesto por dos médicos de cabecera. El artículo 61 de la "Ley de Empresas Jurídicas" estipula: "Una sociedad en comandita tendrá al menos un socio colectivo".

En segundo lugar, la evaluación del desempeño puede basarse en la participación administrada por un médico de cabecera (es decir, el capital invertido por el médico de cabecera), extraer las tarifas de gestión diarias y calcular las recompensas por desempeño. La desventaja de este método de evaluación es que dará lugar a una competencia maliciosa entre los dos médicos generales y la calidad de la inversión puede resultar problemática. También podrá distribuirse según una proporción fija acordada de antemano. Pero el último método es fácil de apoyar a las personas perezosas y existe un desequilibrio de responsabilidades y derechos. Si hay que elegir entre los dos métodos, se puede adoptar el método de evaluación anterior, pero es necesario reforzar el seguimiento de las LP y reservar con antelación la proporción de fondos que se gestionarán.

En tercer lugar, la aparición de dos médicos de cabecera también es un caso especial. Esta situación debe evitarse en la medida de lo posible. Si es posible, se pueden fusionar dos médicos de cabecera en uno solo. Dos socios colectivos* *los accionistas aportan conjuntamente capital para constituir un socio colectivo.