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¿Cuáles son los requisitos de garantías externas para las empresas cotizadas?

Análisis jurídico

1. Las garantías externas de las sociedades cotizadas deben ser revisadas por el consejo de administración o junta de accionistas. 2. Las garantías externas que deban ser aprobadas por la junta general de accionistas deberán ser revisadas y aprobadas por el consejo de administración antes de ser sometidas a la aprobación de la junta general de accionistas. 3. Las garantías externas que deban ser aprobadas por el consejo de administración deberán ser revisadas y aprobadas por más de dos tercios de los consejeros presentes en el consejo de administración y deberá adoptarse acuerdo. 4. Si una sociedad cotizada constituye garantías para su accionista de control, su controlador real y sus partes vinculadas, el accionista de control, su controlador real y sus partes vinculadas deberán constituir contragarantía. 5. Las garantías externas aprobadas por el consejo de administración o la junta general de accionistas de una sociedad cotizada deberán publicarse oportunamente en el sitio web de la bolsa de valores y en medios que cumplan las condiciones estipuladas por la Comisión Reguladora de Valores de China. El contenido de la divulgación incluye las resoluciones del consejo de administración o de la junta de accionistas, el monto total de las garantías externas proporcionadas por la empresa que cotiza en bolsa y sus filiales controladoras a la fecha de divulgación de la información, y el monto total de las garantías proporcionadas por la empresa que cotiza en bolsa a sus filiales holding.

Base legal

Requisitos de supervisión de las transacciones de capital y garantías externas de las empresas cotizadas

Artículo 7: Las garantías externas de las empresas cotizadas deben ser revisadas por el consejo de administración o la junta general de accionistas.

Artículo 8 Los estatutos de una sociedad que cotiza en bolsa deben aclarar la autoridad de la junta de accionistas y del consejo de administración para aprobar garantías externas, así como el sistema de rendición de cuentas por violaciones de la autoridad de aprobación y revisión. procedimientos.

Artículo 9 Las garantías externas que deban ser aprobadas por la asamblea de accionistas deberán ser revisadas y aprobadas por el directorio antes de ser sometidas a la aprobación de la asamblea de accionistas. Las garantías externas que deben ser aprobadas por la junta general de accionistas incluyen, entre otras, las siguientes situaciones:

(1) Cualquier garantía proporcionada por una empresa que cotiza en bolsa y sus filiales controladoras después del monto total de las garantías externas. excede el 50% de los últimos activos netos auditados;

(2) Garantías otorgadas para objetos de garantía cuya relación activo-pasivo excede el 70%;

(3) El monto de una garantía única excede el 10% del último patrimonio neto auditado

(4) Garantías otorgadas a los accionistas, controladores reales y sus partes relacionadas;

Cuando la asamblea de accionistas considere una propuesta para otorgar garantías a los accionistas, a los controladores reales y a sus partes relacionadas, el accionista o accionistas controlados por el controlador actual no participarán en la votación. los derechos de voto de los demás accionistas asistentes a la junta de accionistas fueron aprobados.