¿Cuál es el contenido del artículo 22 del Tratado de Cooperación en materia de Patentes?
El gobierno chino presentó una solicitud para unirse al Tratado de Cooperación en materia de Patentes ante la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual. El instrumento de adhesión entrará en vigor a partir del 199465438 de junio + 1 de octubre, cuando China se convierta en parte del Tratado de Cooperación en materia de Patentes. Con este fin, se han formulado especialmente los "Reglamentos sobre la implementación del Tratado de Cooperación en materia de Patentes en China", que por la presente se promulgan y entrarán en vigor el 1 de enero de 1994. Si la solicitud internacional designa a China, el solicitante podrá presentar opiniones de enmienda a la Oficina de Patentes dentro de un mes a partir de la fecha de realización de los actos especificados en el artículo 19 de este Reglamento; sin embargo, si los servicios especificados en el artículo 47, párrafo 1, del mismo; Reglamento de aplicación del Tratado Si la solicitud no se ha llevado a cabo antes de la expiración del plazo especificado en el artículo 19 de este Reglamento, el solicitante podrá presentar los dictámenes de enmienda antes mencionados a la Oficina de Patentes dentro de los 4 meses siguientes a la fecha de vencimiento. del plazo. Dichas modificaciones no excederán el alcance de la invención divulgada en el momento de la presentación de la solicitud internacional.
Base jurídica
Al solicitar la designación de China conforme al artículo 22 del Tratado de Cooperación en materia de Patentes entre la República Popular China y la República Popular China, el solicitante podrá realizar los actos especificados en el artículo 19 de este Reglamento, presentar dictámenes de revisión a la Oficina de Patentes dentro del mes siguiente a la fecha de la solicitud, sin embargo, si al vencimiento del plazo no se han realizado los servicios previstos en el artículo 47, párrafo 1, del Reglamento; límite especificado en el artículo 19 de este Reglamento, el solicitante podrá presentar los dictámenes de modificación anteriores a la Oficina de Patentes dentro de los 4 meses siguientes a la fecha de vencimiento. Dichas modificaciones no excederán el alcance de la invención divulgada en el momento de la presentación de la solicitud internacional.