Cualificaciones de los directores de sociedades cotizadas
Convocar a la junta de accionistas e informar de los trabajos a la junta de accionistas; ejecutar las resoluciones de la junta de accionistas; decidir sobre el plan de negocios y el plan de inversiones de la empresa y formular el presupuesto financiero anual de la empresa; formular el plan de cuentas finales de la empresa y el plan de compensación de pérdidas; formular el plan de la empresa para aumentar o reducir el capital social, emitir bonos u otros valores y formular el plan de la empresa para adquisiciones importantes y acciones de la empresa; , fusión, escisión, disolución o cambio de forma social en la junta de accionistas Determinar cuestiones tales como la inversión externa de la empresa, la adquisición y venta de activos, la hipoteca de activos, las garantías externas, la gestión financiera encomendada y las transacciones relacionadas dentro del alcance de; autorización para establecer la organización de gestión interna de la empresa; nombrar o destituir a los gerentes y secretarios del directorio de la empresa; y nombrar o destituir a los gerentes de la empresa según el nombramiento del gerente; destituir al personal directivo superior, como los subgerentes y los interventores financieros de la empresa; y decidir sobre sus remuneraciones, recompensas y castigos; formular el sistema básico de gestión de la sociedad; formular planes de modificación de los estatutos de la sociedad; gestionar la divulgación de información de la sociedad; al informe de trabajo del gerente de la empresa e inspeccionar el trabajo del gerente, otras facultades que le otorguen las leyes, reglamentos administrativos, normas departamentales o este estatuto;
Objetividad jurídica:
El artículo 45 de la "Ley de Sociedades" establece que el mandato de los directores estará estipulado en los estatutos de la sociedad, pero cada mandato no podrá exceder de tres años. Vencido el plazo, los consejeros podrán ser reelegidos. Si un director no es reelegido a tiempo cuando expira su mandato, o si un director renuncia durante su mandato, lo que resulta en una falta de quórum de miembros de la junta, el director original seguirá desempeñando sus funciones como director de conformidad con lo previsto en las leyes, los reglamentos administrativos y los estatutos de la sociedad hasta que tome posesión del cargo el director reelegido.