¿Qué debo hacer si no me liberan después de 37 días de detención penal?
Si el período de detención penal ha expirado pero aún no es puesto en libertad, el sospechoso de un delito o su familia pueden apelar ante el departamento superior del órgano de seguridad pública. Si la Fiscalía Popular no aprueba el arresto al expirar el período de detención penal, el órgano de seguridad pública liberará a la persona inmediatamente después de recibir la notificación y notificará inmediatamente a la Fiscalía Popular para su ejecución. Quienes necesiten continuar la investigación y cumplir las condiciones para la libertad bajo fianza en espera de juicio o vigilancia residencial serán puestos en libertad bajo fianza en espera de juicio o puestos bajo vigilancia residencial de conformidad con la ley.
Base Legal
Artículo 91 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Si el órgano de seguridad pública considera necesario detener a una persona detenida, deberá, dentro del plazo de tres días, después de la detención, notificar a las personas de Revisado y aprobado por la Fiscalía. En circunstancias especiales, el plazo de aprobación podrá ampliarse de uno a cuatro días.
Para los principales sospechosos que cometen delitos con frecuencia, cometen delitos repetidamente o conspiran para cometer delitos, el tiempo de revisión y aprobación puede ampliarse a 30 días.
La Fiscalía Popular tomará la decisión de aprobar o desaprobar la detención dentro de los siete días siguientes a la recepción de la carta de aprobación del órgano de seguridad pública. Si la Fiscalía Popular no aprueba el arresto, el órgano de seguridad pública liberará a la persona inmediatamente después de recibir la notificación y notificará inmediatamente a la Fiscalía Popular para su ejecución. Quienes necesiten continuar la investigación y cumplir las condiciones para la libertad bajo fianza en espera de juicio o vigilancia residencial serán puestos en libertad bajo fianza en espera de juicio o puestos bajo vigilancia residencial de conformidad con la ley.