¿Existe un límite de tiempo para pagar las tasas anuales de patentes?
Base jurídica: El artículo 98 de las "Reglas de aplicación de la Ley de Patentes" estipula que antes de la expiración del año anterior, se deben pagar las tasas anuales correspondientes al año siguiente a la concesión del derecho de patente. Si el titular de la patente no paga o no paga en su totalidad, el departamento de administración de patentes del Consejo de Estado notificará al titular de la patente que pague la tarifa anual dentro de los 6 meses posteriores a la fecha de vencimiento y, al mismo tiempo, pagará la tarifa por mora; del cargo por mora se calculará cada 1 hora después del tiempo de pago prescrito. Cada mes se calculará sumando el 5% del cargo anual completo del año en curso si el pago no se realiza al final del período, el derecho de patente; terminará a partir de la fecha en que venza el pago de la cuota anual.