¿Qué es una audiencia oral en un procedimiento de reexamen de patentes?
1.Solicitud de audiencia oral
La solicitud de audiencia oral deberá realizarse por escrito. En cuanto al formulario escrito específico, la Junta de Reexamen de Patentes no tiene un formulario específico. El solicitante podrá solicitar una audiencia oral en un dictamen en respuesta al aviso de reexamen, o en documento separado.
2. Solicitud de audiencia oral
Las circunstancias bajo las cuales el solicitante de revisión puede solicitar una audiencia oral sólo incluyen: Primero, los hechos o razones deben ser explicados al panel colegiado. inmediatamente, y los hechos incluyen principalmente contenido técnico. Las razones declaradas incluyen principalmente opiniones sobre leyes y regulaciones relevantes con respecto a la tecnología patentada; el segundo es la necesidad de una demostración física; En la práctica, es posible que no se permitan audiencias orales si se cumplen las dos condiciones anteriores. El panel colegiado decidirá si se permite o no una audiencia oral en función de las circunstancias específicas del caso.
3. Notificación de audiencia oral y efectos jurídicos de su participación.
Si se determina una audiencia oral, el panel colegiado emitirá un aviso de audiencia oral al solicitante. En términos generales, la fecha de audiencia oral determinada por el panel colegiado debe ser de al menos 45 días a partir de la fecha de publicación (para los casos en que la solicitud de patente no cumpla con las disposiciones pertinentes de la Ley de Patentes y sus normas de desarrollo) o 37 días ( para los casos en que la solicitud de patente no haya sido notificada de defectos). Los solicitantes de revisión tienen derecho a elegir si participan en una audiencia oral. Aquellos que opten por participar en la audiencia oral deberán presentar un recibo de confirmación a la Junta de Reexamen de Patentes dentro de los 7 días a partir de la fecha de recepción del aviso de la audiencia oral, o participar directamente en la audiencia oral el día de la audiencia oral. En caso contrario, se tendrá por no participar en la audiencia oral. Si el solicitante opta por no participar en la audiencia oral, el solicitante del reexamen deberá presentar un dictamen de defensa dentro del plazo establecido; de lo contrario, se considerará retirada la solicitud de reexamen.