Red de conocimiento del abogados - Bufete de abogados - Artículo 23, párrafo 1 (3) de las "Medidas para la administración del ejercicio de la abogacía"

Artículo 23, párrafo 1 (3) de las "Medidas para la administración del ejercicio de la abogacía"

Análisis jurídico: El artículo 23, párrafo 1 (3) de las "Medidas para la administración de la práctica de los abogados" estipula que si una persona solicita la cancelación por haber dejado de ejercer la profesión jurídica, el original La autoridad examinadora y certificadora del lugar donde ejerce deberá retirarlo y cancelar su certificado de ejercicio de abogado.

Base legal: "Medidas para la administración de la práctica de los abogados" Artículo 23 Si un abogado tiene alguna de las siguientes circunstancias, su certificado de ejercicio de abogado será retirado o cancelado por la autoridad de examen y certificación original en el lugar donde ejerce: (1) Ser sancionado con la revocación del certificado de ejercicio del abogado (2) La decisión original de permitir el ejercicio ha sido revocada de conformidad con la ley (3) Solicitar la cancelación por haber dejado de ejercer la profesión jurídica; (4) El contrato de trabajo con el despacho de abogados donde trabaja o el despacho de abogados donde trabaja ha sido rescindido y no ha sido contratado por otro despacho de abogados dentro de los seis meses; sido rescindido por otras razones.