¿Cuál es la marca registrada de s.s.jeans?
“s.s.jeans” no ha sido registrado exitosamente ante la Administración General de Marcas, por lo que no puede denominarse marca.
Las marcas son utilizadas por los productores y operadores de bienes sobre los bienes que producen, fabrican, procesan, seleccionan o distribuyen, o por los proveedores de servicios sobre los servicios que prestan, para distinguir bienes o servicios. Origen: un signo. con características distintivas consistentes en texto, gráficos, letras, números, signos tridimensionales, sonidos, combinaciones de colores o una combinación de los elementos anteriores, y es producto de la economía moderna. En el ámbito comercial, las marcas incluyen palabras, gráficos, letras, números, logotipos tridimensionales y combinaciones de colores, así como combinaciones de los elementos anteriores, que pueden solicitarse para su registro como marcas. Las marcas comerciales aprobadas y registradas por el estado son "marcas registradas" y están protegidas por la ley. Las marcas protegen a quienes las registran garantizando que tengan el derecho exclusivo de identificar bienes o servicios, o de conceder licencias a otros para que los utilicen a cambio de una remuneración.
Responsabilidades Legales
Artículo 10 de la “Ley de Marcas” No podrán utilizarse como marcas los siguientes signos:
(1) Países con el mismo nombre que la República de China El nombre, bandera nacional, emblema nacional, himno nacional, bandera militar, emblema militar, canción militar, medalla, etc. son iguales o similares, así como el nombre o logotipo de una agencia estatal central, el nombre de un lugar específico donde se encuentra, o el nombre o gráficos de un edificio emblemático
(2) Idéntico o similar al nombre del país, bandera nacional, emblema nacional, bandera militar, etc. de un; país extranjero, excepto con el consentimiento del gobierno de ese país;
(3) Igual que una organización internacional intergubernamental. El nombre, bandera, emblema, etc. de la organización es igual o similar, excepto con el consentimiento de la organización o si no es probable que induzca a error al público;
(4) Es igual o similar a la marca oficial o marca de inspección que indica la implementación de control y garantía excepto aquellos autorizados ;
(5) Nombres o signos que sean iguales o similares a “Cruz Roja” o “Media Luna Roja”;
(6) Nombres o signos con carácter étnicamente discriminatorio;
(7) Engañoso y que pueda hacer que el público malinterprete la calidad y otras características del producto o su origen;
(8) Nocivo para el socialismo, la moralidad u otros efectos adversos.
Los nombres de lugares de divisiones administrativas a nivel de condado o superior o los nombres de lugares extranjeros conocidos por el público no se utilizarán como marcas comerciales. Sin embargo, se hacen excepciones cuando los nombres de lugares tengan otros significados o formen parte de marcas colectivas o marcas de certificación que utilicen nombres de lugares seguirán siendo válidas.
Artículo 11 de la “Ley de Marcas” No podrán registrarse como marcas los siguientes signos:
(1) Sólo el nombre común, gráfica y modelo del producto;
(2) Expresar únicamente directamente la calidad, principales materias primas, funciones, usos, peso, cantidad y demás características de las mercancías;
(3) Otras faltas de rasgos distintivos.
Si las marcas enumeradas en el párrafo anterior han adquirido características distintivas mediante el uso y son fáciles de identificar, podrán registrarse como marcas.