Parientes consanguíneos colaterales dentro de tres generaciones
Parientes consanguíneos colaterales dentro de tres generaciones se refieren a tíos, tíos, tías, tíos, tías, sobrinos (mujer), sobrinos (mujer), primos, tíos, primas, tías, etc. Los parientes consanguíneos colaterales son parientes con parentesco consanguíneo indirecto, es decir, parientes que no son parientes consanguíneos directos pero tienen el mismo origen que ellos. Los parientes consanguíneos colaterales dentro de tres generaciones son parientes que son del mismo linaje sanguíneo que uno dentro de tres generaciones. Las tres generaciones aquí son las tres generaciones contadas como una generación a partir de uno mismo. Es decir, contando desde la generación actual, los padres son la segunda generación, los abuelos son la tercera generación, y así sucesivamente. El rango de parientes consanguíneos colaterales dentro de tres generaciones se puede enumerar de la siguiente manera (1) Hermanos que tienen el mismo origen que sus. padres hermanas. Esto incluye hermanos y hermanas de pura sangre del mismo padre y madre, y hermanos y hermanas mestizos del mismo padre o madre. Aunque los medio hermanos y hermanas se llaman nominalmente hermanos y hermanas, en realidad no están relacionados por sangre. (2) Los parientes colaterales de las generaciones superior e inferior que tengan el mismo origen que los abuelos y abuelos maternos, incluyendo tíos, tíos, tías, sobrinos y sobrinas, tíos y tías y sobrinos y sobrinas. (3) Los parientes colaterales de la misma generación que tengan el mismo origen que los abuelos y abuelos maternos, incluidos los primos y primas. Disposiciones jurídicas pertinentes: El artículo 7, párrafo 1, apartado 1, de la Ley de Matrimonio estipula que los parientes consanguíneos directos y los parientes consanguíneos colaterales dentro de un plazo de tres generaciones tienen prohibido contraer matrimonio.