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Puntos de conocimiento sobre las "leyes relacionadas con los impuestos": propiedad

1. Panorama general de la propiedad

(1) Concepto y características de la propiedad

El propietario gozará de la posesión, uso, renta y derechos de sus propios bienes inmuebles. bienes inmuebles o muebles de conformidad con la ley. El derecho a disponer de ellos.

Características de la propiedad:

(1) La propiedad es autónoma.

(2) La propiedad está completa.

(3) La propiedad tiene unidad o integridad. La propiedad integra posesión, uso, renta y disposición, es decir, todas las facultades se integran en una sola.

(4) La propiedad es permanente o permanente.

(5) La propiedad es elástica La totalidad o parte de los derechos de propiedad parciales pueden separarse de la propiedad en su conjunto mediante la constitución de otros derechos de propiedad u otras formas, pero el propietario no lo hace. La pérdida de propiedad del inmueble sólo da lugar a determinadas restricciones al ejercicio de los derechos de propiedad.

La potestad de propiedad se refiere a las diversas medidas y medios que el propietario puede tomar dentro del ámbito de la ley para realizar sus intereses sobre el inmueble.

(1) Posesión de poder. El poder de posesión es el poder de poseer y controlar cosas.

(2) Capacidades de uso. El derecho de uso se refiere al derecho a utilizar la cosa de acuerdo con su desempeño y propósito sin dañar la sustancia de la cosa o cambiar la naturaleza de la cosa, a fin de realizar los intereses del titular de los derechos sobre la cosa.

(3) Poder adquisitivo. El poder adquisitivo se refiere al poder de obtener intereses de las cosas.

(4) Poder de disposición. El poder de disposición se refiere a la facultad de disponer de las cosas conforme a la ley y determinar el destino jurídico de las mismas.

(2) Tipos de propiedad especificados en la "Ley de Derechos de Propiedad"

1. Algunas propiedades son propiedad exclusiva del Estado, como depósitos minerales, flujos de agua, zonas marítimas, terrenos urbanos, activos de defensa, recursos del espectro radioeléctrico, etc.

2. Propiedad colectiva.

3. Propiedad privada.

2. Adquisición y exterminio de la propiedad

(1) Adquisición de la propiedad

1. El método de adquisición de la propiedad se divide en dos tipos según se trate. se basa en la propiedad ajena. Categoría:

(1) Adquisición original. Se refiere a la adquisición directa de la propiedad basada en disposiciones legales en lugar de depender de los derechos existentes de otros. Incluyendo preocupación, producción, acumulación de intereses, embargo, propiedad legal de bienes sin dueño y confiscados, adquisición y confiscación de buena fe de bienes muebles, etc.

(2) Se adquiere por herencia. Se refiere a la adquisición de propiedad basada en los derechos existentes de otros. El método consiste principalmente en actos jurídicos, como actos de transferencia, actos de donación, etc.

2. Adquisición de la propiedad inmobiliaria:

(1) Adquirida por acto jurídico. Como heredar bienes inmuebles.

(2) Obtenidos con base en hechos distintos de actos jurídicos. Herencia, incluida la herencia testamentaria y la herencia legal; construcción, como la construcción de casas, recuperación de tierras del mar y plantación de árboles, sentencias judiciales, ejecución y acciones administrativas como expropiación pública y confiscación.

3. Adquisición del dominio sobre bienes muebles:

(1) Adquirido por acto jurídico.

(2) Obtenidos con base en hechos distintos de actos jurídicos. Herencia, incluida la herencia testamentaria y la herencia legal. Sentencia judicial y ejecución.

La "Ley de Derechos de Propiedad" estipula que la propiedad de los objetos enterrados u objetos ocultos cuyo propietario se desconozca pertenecerá al Estado si nadie los reclama dentro de los 6 meses siguientes a la fecha de emisión del aviso. En cuanto a la propiedad de objetos perdidos no reclamados, objetos a la deriva y animales domésticos separados, la Ley de Propiedad estipula que si nadie los reclama dentro de los 6 meses siguientes a la fecha de emisión del aviso, pertenecerán al Estado. En cuanto a la propiedad de bienes que no tienen a quién heredar, la "Ley de Sucesiones" de mi país estipula que los bienes que no tienen a quién heredar ni a nadie a quien legar pertenecen al estado.

(3) Obtenido de buena fe.

Las condiciones aplicables para la adquisición de buena fe son:

① El cesionario transfiere el inmueble o bien mueble de buena fe; ② Lo transfiere a un precio razonable; ③ El inmueble transferido; Los inmuebles o bienes muebles se transmitirán conforme a que se hayan inscrito los que conforme a la ley deban inscribirse, y se hayan entregado al cesionario los que no es necesario inscribirlos.

(2) Extinción de la propiedad (entendimiento)

1. La propiedad se extingue por actos jurídicos.

(1) Abandono de propiedad.

(2) Transferencia de titularidad.

2. La propiedad se extingue por hechos distintos de los actos jurídicos.

(1) La muerte de la persona física como titular o la extinción de la persona jurídica.

(2) Se pierde el tema.

(3) Sentencia, ejecución, multas, decomiso, tributación, etc.

(4) Debido a que los bienes muebles están adjuntos a bienes inmuebles o bienes muebles de otra persona, la propiedad de los bienes muebles es adquirida por otra persona de conformidad con la ley. Los derechos de propiedad originales se extinguen.