¿La tasa anual de patente es 1+0?
(1) La tasa anual del año en que se concede el derecho de patente se pagará al mismo tiempo que se completan los trámites de registro, y la tasa anual de los años siguientes. antes del vencimiento del año anterior. La fecha de vencimiento del plazo de pago es el día correspondiente a la fecha de solicitud del año en curso. (2) Si el titular de la patente no paga la tasa anual a tiempo o el monto del pago es insuficiente después del año en que se concede el derecho de patente, el titular de la patente deberá pagar la tasa anual dentro de los seis meses siguientes a la expiración de la tasa anual en el más tarde y pagar un recargo por pago atrasado al mismo tiempo. Cabe señalar que (1) el plazo de la tarifa anual está relacionado con la fecha de solicitud, no con la fecha de concesión (2) la tarifa se reduce solo durante los tres años posteriores a la autorización y se paga en su totalidad en otros momentos; la primera vez después de que se concede la patente de invención. La tasa anual pagada es la tasa anual del segundo, tercer o cuarto año y, por lo general, no puede ser la tasa anual del primer año. Las respuestas específicas a las preguntas anteriores sobre cuánto tiempo lleva pagar la tarifa anual de la patente son solo como referencia.
Objetividad jurídica:
Artículo 95 de las "Reglas de Aplicación de la Ley de Patentes de la República Popular China" El solicitante deberá presentar la solicitud dentro de los 2 meses siguientes a la fecha de la solicitud o a partir de la fecha de recepción del aviso de aceptación La tarifa de solicitud, la tarifa de impresión de la publicación y el recargo de solicitud necesario deben pagarse dentro de los 15 días siguientes a la fecha de la solicitud; si el pago no se realiza dentro del plazo o no se paga en su totalidad, la solicitud será cancelada; se considerará retirada. Si el solicitante reivindica prioridad, deberá pagar la tasa de solicitud de prioridad al mismo tiempo que la tasa de solicitud; si la tasa de solicitud no se paga al vencimiento o no se paga en su totalidad, se considerará que no se ha reclamado prioridad;