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¿Qué significa la concesión de licencias obligatorias sobre patentes?

La concesión de licencias obligatorias de patentes significa que el departamento de administración de patentes del Consejo de Estado, de conformidad con las leyes y reglamentos pertinentes, puede permitir directamente que otras unidades o individuos implementen sus invenciones o modelos de utilidad sin el consentimiento del titular de la patente en circunstancias especiales o para patentes especiales.

Base legal

Artículo 54 de la Ley de Patentes, en vigor desde el 1 de junio de 20265438.

En casos de emergencia nacional o circunstancias especiales, o con fines de interés público, el departamento de administración de patentes del Consejo de Estado puede otorgar una licencia obligatoria para implementar una patente de invención o una patente de modelo de utilidad.

Artículo 55

Por motivos de salud pública, el departamento de administración de patentes del Consejo de Estado podrá otorgar licencias de fabricación y exportación a países o regiones que cumplan con los requisitos de los tratados internacionales pertinentes. en el que la República Popular China es parte sobre la concesión de licencias obligatorias para medicamentos patentados.

Artículo 56

La invención o modelo de utilidad patentado es un importante avance tecnológico de gran importancia económica en comparación con la invención o modelo de utilidad previamente patentado, y si su implementación depende de la implementación de la invención o modelo de utilidad anterior, el departamento de administración de patentes del Consejo de Estado podrá otorgar una licencia obligatoria para implementar la invención o modelo de utilidad anterior basándose en la solicitud del último titular de la patente.

Si se concede una licencia obligatoria para la implementación de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior, el departamento de administración de patentes del Consejo de Estado también podrá conceder una licencia obligatoria para la implementación de la invención o modelo de utilidad posterior basado sobre la solicitud del titular de la patente anterior.