¿Qué significa la deducción fiscal por diferencial de dividendos?
El significado de la deducción fiscal diferencial por dividendos es el siguiente:
La deducción fiscal diferencial por dividendos se refiere a las diferentes tasas impositivas para el impuesto sobre la renta personal determinadas en función del tiempo que los inversores mantienen acciones. . En concreto, si el período de tenencia del inversor es inferior a un mes (incluido un mes), los dividendos recibidos por el inversor estarán sujetos al impuesto sobre la renta de las personas físicas al tipo 20 si el período de tenencia es superior a un mes pero inferior a uno; año (incluido un año), la tasa impositiva se reduce al 10% y para los inversores con un período de tenencia de más de un año, sus ingresos por dividendos están exentos del impuesto sobre la renta personal; Esta tasa impositiva diferenciada tiene como objetivo alentar a los inversores a mantener acciones a largo plazo en lugar de negociar con frecuencia.
Método de cálculo de la deducción fiscal por diferencia de dividendos:
1. Determinar el origen de los dividendos: Los dividendos y dividendos pueden provenir de empresas nacionales o extranjeras;
2. Tasas impositivas aplicables para la contabilidad: los dividendos de diferentes fuentes pueden estar sujetos a diferentes tasas impositivas, que deben determinarse de acuerdo con las leyes fiscales;
3. Calcule el impuesto a pagar: Calcule el impuesto a pagar sobre. dividendos en función de la tasa impositiva aplicable;
4. Considere los tratados fiscales: si existe un tratado fiscal, la tasa impositiva sobre los dividendos puede ajustarse;
5. dividendos: Al calcular el IRPF, es necesario deducir los dividendos antes de impuestos. Del mismo se deducirán los impuestos correspondientes;
6. inversores.
En resumen, la deducción fiscal por diferencial de dividendos consiste en determinar diferentes tipos del impuesto sobre la renta personal en función del tiempo que los inversores mantienen acciones para fomentar la tenencia de acciones a largo plazo.
Base jurídica:
“Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas”
Artículo 3
Tipo del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:
(1) Los ingresos integrales están sujetos a una tasa impositiva progresiva en exceso del 3% al 45% (se adjunta la tabla de tasas impositivas).
(2) Los ingresos comerciales están sujetos a una tasa impositiva progresiva del 5%; al 100% Una tasa impositiva progresiva en exceso del 35/30% (se adjunta la tabla de tasas impositivas);
(3) Para ingresos por intereses, dividendos, bonificaciones, ingresos por alquiler de propiedades, ingresos por transferencia de propiedades e ingresos incidentales, se aplicará una tasa impositiva proporcional, siendo la tasa impositiva del veinte por ciento.