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¿Tengo que firmar una confesión de culpabilidad?

La confesión y el arrepentimiento deben estar firmados, porque se cumplen las condiciones legales y la firma de la confesión y el arrepentimiento puede tratarse con indulgencia. La indulgencia al admitir la culpa y aceptar el castigo se refiere a los casos en los que los sospechosos y acusados ​​confiesan voluntariamente y con sinceridad sus delitos, no tienen objeciones a los hechos delictivos alegados, están de acuerdo con las opiniones de sentencia de la fiscalía y firman una declaración escrita, y pueden ser tratado con indulgencia de conformidad con la ley.

Base jurídica

Artículo 172 de la Ley de Procedimiento Penal

La Fiscalía Popular remitirá los casos para su procesamiento a la autoridad de control o autoridad de seguridad pública en el plazo de un mes A la decisión puede prorrogarse por 15 días en casos importantes y complejos si un sospechoso de un delito se declara culpable y acepta el castigo y cumple las condiciones para los procedimientos simplificados, se tomará una decisión dentro de los 10 días si el sospechoso puede ser condenado a pena de prisión de duración determinada. de más de un año, la prórroga podrá ampliarse a 15 días.

Artículo 174 de la Ley de Procedimiento Penal

Si el sospechoso de un delito se declara culpable voluntariamente y accede a la aplicación de las recomendaciones y procedimientos de sentencia, deberá firmar en presencia del defensor o de turno. abogado Una confesión de culpabilidad. Si un sospechoso de un delito se declara culpable y acepta el castigo, no es necesario firmar una carta de confesión y arrepentimiento bajo ninguna de las siguientes circunstancias:

(1) El sospechoso de un delito es ciego, sordo, mudo o no tiene perdió completamente la capacidad de reconocer o controlar su propio comportamiento Pacientes mentales;

(2) El representante legal o defensor de un menor sospechoso de haber cometido un delito tiene objeciones a la confesión y el castigo del menor.