¿La carta de despido es prueba de renuncia?

Subjetividad jurídica:

El acta de renuncia no constituye prueba de extinción del contrato de trabajo. El certificado de rescisión del contrato de trabajo se refiere al texto emitido por el empleador si una o ambas partes del contrato de trabajo rescinden la relación laboral anticipadamente por alguna razón durante el período del contrato posterior a la celebración del contrato de trabajo. El certificado de renuncia es prueba de la terminación de la relación laboral entre el empleador y el empleado. El artículo 36 de la Ley de Contrato de Trabajo estipula que el empleador y el empleado pueden rescindir el contrato de trabajo si llegan a un consenso mediante consulta. El artículo 37 establece que el trabajador podrá rescindir el contrato de trabajo notificándolo por escrito al empleador con 30 días de antelación. El empleado puede rescindir el contrato de trabajo notificándolo al empleador con tres días de anticipación durante el período de prueba. Objetividad jurídica:

Artículo 36 de la “Ley de Contrato de Trabajo” El empleador y el trabajador podrán rescindir el contrato de trabajo si llegan a consenso mediante consulta. Artículo 37 El trabajador podrá rescindir el contrato de trabajo notificándolo por escrito al empleador con treinta días de antelación. El empleado puede rescindir el contrato de trabajo notificándolo al empleador con tres días de anticipación durante el período de prueba.