¿El crimen de mi marido afectará a mi esposa?
La indemnización civil por actos delictivos es una deuda personal, y los bienes personales del delincuente serán responsables de la indemnización, y la esposa no quedará implicada.
"Artículo 1064 de la República Popular China y del Código Civil"
Artículo 1064: El marido y la mujer tienen la misma deuda Tanto el marido como la mujer tienen la misma firma o. Las deudas contraídas por mutuo consentimiento, como las de ratificación, así como las deudas contraídas por uno de los cónyuges en su propio nombre para las necesidades diarias de la familia durante el matrimonio, son deudas conjuntas del marido y la mujer. cónyuges.
Las deudas soportadas por uno de los cónyuges a nombre propio durante el matrimonio, que exceden las necesidades diarias de la familia, no son deudas conjuntas de la pareja, sin embargo, el acreedor puede probar que la deuda es utilizada; para el fin común de la pareja, se exceptúan la vida, el sexo, la producción y el funcionamiento, o con base en el consentimiento de ambos cónyuges.
"Derecho Penal de la República Popular China"
Artículo 36: Indemnización por pérdidas económicas y principio de prioridad civil Si la víctima sufre pérdidas económicas debido a un acto delictivo, el penal Además de las sanciones penales previstas por la ley, los infractores también deben ser condenados a una indemnización por pérdidas económicas según las circunstancias.
Si un delincuente que tiene responsabilidad civil por indemnización es también condenado a una multa y sus bienes son insuficientes para pagar el importe total, o si sus bienes son condenados a confiscación, primero será responsable civil por indemnización a la víctima.
Situación de las deudas personales de marido y mujer
1. Cuando uno de los cónyuges toma prestada una deuda, el acreedor y el deudor acuerdan claramente que la deuda es una deuda personal de una de las partes, como por ejemplo Está claramente acordado en el pagaré que es una deuda personal.
2. Si el marido y la mujer convienen en que los bienes adquiridos durante el matrimonio sean propiedad del otro, y las deudas del marido o de la mujer con terceros, si el tercero conoce el acuerdo, los bienes propiedad del marido o la mujer se considerarán bienes propiedad del marido o la mujer en liquidación. Estas situaciones son relativamente raras, porque generalmente los acuerdos de propiedad y deuda entre marido y mujer son secretos y no pueden ser conocidos por terceros. En este tipo de disputa, el marido o la mujer deben proporcionar pruebas de que el tercero conoce el acuerdo.
3. Se puede probar que la deuda no surgió durante la relación entre marido y mujer. Las deudas contraídas antes del matrimonio o después del divorcio generalmente deben reconocerse como deudas personales, a menos que el acreedor pueda demostrar que las deudas se utilizan para la vida familiar después del matrimonio.
4. Poder acreditar que la deuda no fue utilizada en la misma vida conyugal. Incluso si uno de los cónyuges utiliza la deuda para actividades productivas y comerciales, pero nunca para gastos del hogar, se puede demostrar que se trata de una deuda personal. Debido a que la moneda es un tipo de objeto, no un objeto específico, es imposible probar dónde se usa este dinero o cuál es el propósito de ese dinero, por lo que es difícil probarlo. En la práctica, depende principalmente de la correlación y racionalidad del préstamo y la vida después del matrimonio.
5. Las deudas contraídas por el marido o la mujer por infracción de derechos personales y patrimoniales ajenos, por la particularidad y exclusividad de su naturaleza y características jurídicas, no requieren acuerdo entre el marido. y esposa y la actuación individual del infractor. Se presume que es su deuda personal.
6. Si el marido o la mujer hereda herencias y deudas por separado por testamento o acuerdo de alimentos y legado antes o después del matrimonio, las deudas se presumirán como deudas personales y se devengarán dentro de su duración. de la relación conyugal después de la integración oportuna. Si el plazo, forma, monto, etc. de cumplimiento de la deuda se renegocian y pasan a ser deuda nueva, la deuda también se presumirá como deuda personal.
7. Se presumirán como deuda personal las obligaciones de pago económico a cargo de uno de los cónyuges con violación de las leyes penales, las normas administrativas o la moral social, o las deudas formadas por la continuación, modificación o renovación de tales obligaciones. .
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