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Reglamento sobre la vigilancia y gestión de los delincuentes que se encuentren bajo control, privados de derechos políticos, suspendidos, en libertad condicional y en libertad condicional médica por los órganos de seguridad pública.

21 de febrero de 1995, Ministerio de Seguridad Pública

Capítulo 1 Principios Generales

Artículo 1 Para garantizar la buena marcha del proceso penal y el rigor de las sentencias y fallos penales Para implementar y fortalecer la supervisión y gestión de los delincuentes que se encuentran bajo control, privados de derechos políticos, suspendidos, en libertad condicional y puestos en libertad condicional por motivos médicos, este reglamento se formula de conformidad con la Ley Penal, la Ley de Procedimiento Penal y Reglamento Sancionador de la Gestión de la Seguridad Pública.

Artículo 2: La Oficina de Seguridad Pública del condado (ciudad) y la Oficina de Seguridad Pública Municipal son responsables de organizar e implementar la supervisión y gestión de los delincuentes que se encuentran bajo control, privados de derechos políticos, suspendidos, en libertad condicional o liberados el libertad condicional médica.

Artículo 3: Los órganos de seguridad pública deben implementar un sistema de supervisión y gestión de responsabilidad, administrar conforme a la ley y administrar de manera civilizada cuando se trata de la supervisión y gestión de los delincuentes que se encuentren bajo control. privados de derechos políticos, suspendidos, en libertad condicional o puestos en libertad condicional por razones médicas.

Después de recibir la sentencia, fallo o decisión del tribunal popular sobre control criminal, privación de derechos políticos, libertad condicional, libertad condicional y libertad condicional médica, o la decisión de la agencia de administración penitenciaria sobre la liberación de delincuentes en libertad condicional médica, el órgano de seguridad pública formará sin demora un Supervisar e inspeccionar el equipo, establecer expedientes de delincuentes bajo supervisión y formular e implementar medidas específicas de supervisión y gestión.

Artículo 5. Con la aprobación del órgano de seguridad pública, cuando un delincuente que se encuentre bajo control, privado de derechos políticos, suspendido, en libertad condicional o en libertad condicional médica se traslade a otro lugar, el órgano de seguridad pública quien originalmente ejecutó al delincuente deberá presentarlo al órgano de seguridad pública encargado de la ejecución en el lugar a donde se traslada, y trasladarle los expedientes para su supervisión e inspección.

Artículo 6 Los órganos de seguridad pública informarán prontamente a la Fiscalía Popular, al Tribunal Popular y a las autoridades penitenciarias sobre la supervisión y gestión de los delincuentes que se encuentren bajo control, privados de derechos políticos, suspendidos, en libertad condicional y puestos en libertad por motivos médicos. libertad condicional.

Artículo 7 Los órganos de seguridad pública aceptarán la supervisión de la Fiscalía Popular en la supervisión y gestión de los delincuentes que se encuentren bajo control, privados de derechos políticos, suspendidos, en libertad condicional o en libertad condicional por razones médicas.

Capítulo 2 Supervisión y gestión de delincuentes bajo control público o privados de derechos políticos

Artículo 8 Para los delincuentes condenados a vigilancia pública o privados de derechos políticos, el condado (ciudad) seguridad pública La oficina o la oficina municipal de seguridad pública designa la comisaría de policía donde reside el delincuente como específicamente responsable de la supervisión e inspección. El comité de residentes, el comité de aldea o la unidad original de la residencia del delincuente ayudarán en la supervisión.

Artículo 9 Los órganos de seguridad pública encargados de vigilar e inspeccionar a los delincuentes que se encuentren bajo control o privados de derechos políticos, con base en la sentencia del Tribunal Popular, anunciarán los hechos del delito, el plazo de su duración. bajo control o privado de derechos políticos, y el crimen Las reglas que las moléculas deben respetar durante la ejecución.

Artículo 10 Los órganos de seguridad pública anunciarán que los delincuentes que hayan sido condenados a vigilancia pública deberán observar las siguientes disposiciones durante el cumplimiento de sus penas:

(1) Cumplir con las leyes nacionales y reglamentos y disposiciones pertinentes del Ministerio de Seguridad Pública;

(2) Participar activamente en labores o trabajos de producción

(3) Informar periódicamente sus actividades al equipo de supervisión e inspección;

(4) Mudarse o Salir del área de vivienda debe ser aprobado por la agencia de seguridad pública;

(5) Cumplir con las medidas específicas de supervisión y gestión formuladas por la agencia de seguridad pública; .

Artículo 11: Cuando los delincuentes controlados necesiten salir de sus zonas residenciales, deberán obtener la aprobación de los órganos de seguridad pública y obtener un certificado de salida. Al llegar y salir del destino se deberá declarar en la comisaría de policía local, y la comisaría de destino indicará el tiempo de ida y vuelta y rendimiento en el certificado de salida. Al regresar al lugar de ejecución, deberá presentarse inmediatamente a los órganos de seguridad pública y devolver sus documentos.

Artículo 12 Los órganos de seguridad pública comunicarán a los reos condenados a privación de derechos políticos que deberán observar las siguientes disposiciones durante el proceso de ejecución:

(1) Cumplir con las leyes nacionales y reglamentos y reglamentos de seguridad pública Reglamentos pertinentes del Ministerio;

(2) No disfrutar del derecho a votar o presentarse a elecciones;

(3) No podrá organizar ni participar en mítines, procesiones, manifestaciones o actividades de asociación;

(4) No se permiten entrevistas ni discursos;

(5) Está prohibido publicar, publicar o distribuir discursos, libros, productos audiovisuales, etc. Quienes dañen el honor y los intereses del país o causen otros daños sociales en el país y en el extranjero;

(6) no ocuparán cargos en órganos estatales;

(7) no Ocupar cargos en empresas, instituciones o personas. Cargos de liderazgo del grupo;

(8) Cumplir con las medidas específicas de supervisión y gestión formuladas por los órganos de seguridad pública.

Artículo 13 Si un delincuente bajo control o privado de derechos políticos viola estas normas y no constituye delito, será sancionado por los órganos de seguridad pública conforme a la ley si constituye delito; , será penalmente responsable conforme a la ley.

Artículo 14 Cuando expire el plazo de ejecución del control o privación de los derechos políticos, los órganos de seguridad pública notificarán al particular y anunciarán al público el levantamiento del control o el restablecimiento de los derechos políticos.

Si un delincuente muere mientras se encuentra bajo vigilancia o privado de sus derechos políticos, el órgano de seguridad pública deberá notificarlo sin demora al tribunal popular donde se dictó originalmente la sentencia o a la prisión original.

Para la desregulación, se emitirá un aviso de desregulación y, si se privan de derechos políticos, se anunciará al mismo tiempo el restablecimiento de los derechos políticos.

Capítulo 3 Supervisión y gestión de delincuentes condenados a libertad condicional o libertad condicional

Artículo 15 Durante el período de prueba de libertad condicional o libertad condicional, la Dirección de Seguridad Pública del condado (ciudad) y la Seguridad Pública Municipal La oficina designará la comisaría de policía de seguridad pública donde reside el delincuente para realizar la supervisión e inspección, y el comité de residentes, el comité de aldea o la unidad original de la residencia del delincuente ayudarán en la supervisión.

Artículo 16. Los órganos de seguridad pública encargados de supervisar e inspeccionar a los delincuentes que hayan sido condenados a libertad condicional o libertad condicional, de conformidad con las sentencias y fallos del Tribunal Popular, darán a conocer los hechos del delito, el período de inspección y las normas que deberán observarse durante el período de prueba a las personas de la unidad o lugar de residencia original.

Artículo 17 Los órganos de seguridad pública anunciarán a los delincuentes que hayan sido condenados a libertad condicional o libertad condicional que deberán cumplir con las siguientes disposiciones:

(1) Cumplir con las leyes y reglamentos nacionales y las disposiciones pertinentes del Ministerio de Seguridad Pública;

(2) Informe periódicamente sus actividades a la agencia de aplicación de la ley;

(3) Mudarse o salir de su área de vivienda debe ser aprobado por del organismo de seguridad pública;

( 4) Los delincuentes que hayan sido condenados a libertad condicional o libertad condicional y adicionalmente se encuentren privados de derechos políticos deberán sujetarse a lo dispuesto en el artículo 12 de este reglamento;

(5) Cumplir con las medidas específicas de supervisión y gestión formuladas por los órganos de seguridad pública.

Artículo 18 Los órganos de seguridad pública investigarán periódicamente sobre la actuación de los delincuentes que hayan sido condenados a libertad condicional o libertad condicional de sus antiguas unidades o comités de residentes o comités de aldea en sus lugares de residencia, y establecerán expedientes de investigación. .

Artículo 19 Si un delincuente en libertad condicional viola estas normas durante el período de libertad condicional y no constituye un nuevo delito y necesita ser encarcelado, el órgano de seguridad pública recomendará al Tribunal Popular que revoque su libertad condicional. Si el tribunal popular decide revocar la libertad condicional, los órganos de seguridad pública pondrán inmediatamente al criminal bajo custodia para su ejecución.

Artículo 20 Si el delincuente que ha sido condenado a libertad condicional o libertad condicional viola estas normas y no constituye delito, el órgano de seguridad pública le impondrá una sanción administrativa de seguridad pública si constituye delito, el; El órgano de seguridad pública deberá informar al Tribunal Popular para que revoque la pena suspendida o la libertad condicional, y lo considere penalmente responsable.

Artículo 21: Cuando vencido el período de libertad condicional y el delincuente que ha sido condenado a libertad condicional no cometa un nuevo delito durante el período de libertad condicional, la sentencia original no será ejecutada, y el órgano de seguridad pública hará un anuncio por su cuenta y notificará la decisión El Tribunal Popular que dictó la sentencia original.

Si el período de libertad condicional expira y el delincuente en libertad condicional no comete un nuevo delito durante el período de libertad condicional, se considerará cumplida la sentencia original. El órgano de seguridad pública hará un anuncio al individuo. y notificar al tribunal popular y al tribunal popular que emitió el fallo original. Una prisión donde originalmente se encontraban detenidos los criminales.

Si un delincuente muere mientras se encuentra en libertad condicional o bajo libertad condicional, el órgano de seguridad pública notificará de inmediato al tribunal popular donde se dictó la sentencia original y a la prisión original.

Capítulo 4 Supervisión y gestión de delincuentes en libertad condicional por motivos médicos

Artículo 22 La oficina de seguridad pública del condado (ciudad) y la oficina de seguridad pública municipal designarán la residencia del delincuente o acudirán al público. comisaría de policía de seguridad donde está ubicado el hospital Para llevar a cabo la supervisión, el comité vecinal, el comité de aldea o la unidad original deberán ayudar en la supervisión. Cuando sea necesario, el órgano de seguridad pública podrá designar una persona especial para supervisar a la persona.

Artículo 23 Los órganos de seguridad pública publicarán los hechos del delito, los motivos de la libertad condicional médica y las normas que deberá observar el delincuente durante su libertad condicional médica.

Artículo 24 Los órganos de seguridad pública anunciarán a los delincuentes que sean puestos en libertad condicional por razones médicas que deberán cumplir con las siguientes normas durante su libertad condicional por razones médicas:

(1) Cumplir con las leyes y reglamentos nacionales y las disposiciones pertinentes del Ministerio de Seguridad Pública;

(2) Quienes reciben tratamiento en hospitales designados;

(3) Quienes necesitan ser trasladados a un hospital; hospital o abandonar su lugar de residencia debido a requisitos especiales como tratamiento y atención deben obtener la aprobación de la agencia de seguridad pública

(4) Las actividades sociales distintas al tratamiento de enfermedades deben ser aprobadas por los órganos de seguridad pública;

(5) Cumplir con las medidas específicas de supervisión y gestión formuladas por los órganos de seguridad pública.

Artículo 25: Si el órgano de seguridad pública descubre que un delincuente que ha sido puesto en libertad condicional para recibir tratamiento médico tiene alguna de las siguientes circunstancias, deberá notificarlo de inmediato al centro penitenciario original para su ingreso:

(1) Obtener fraudulentamente la libertad condicional médica para recibir tratamiento médico;

(2) Después del tratamiento, la enfermedad se cura o la condición ha mejorado básicamente y la persona puede ser admitida en prisión;

(3) La persona retrasa deliberadamente el tiempo de la libertad condicional médica mediante autolesión, automutilación o engaño;

(4) No buscar tratamiento médico después de haber sido puesta en libertad bajo libertad condicional médica;

(5) Infracción de las normas de supervisión y gestión educativa.

Artículo 26 Si un delincuente que es liberado bajo libertad condicional médica viola estas normas durante el período de libertad condicional médica y no constituye un delito, los órganos de seguridad pública impondrán sanciones de gestión de seguridad pública de acuerdo con la ley; si se constituye delito, la responsabilidad penal se perseguirá conforme a la ley.

Artículo 27: Cuando la pena de un delincuente expire mientras se encuentra en libertad condicional por razones médicas, el órgano de seguridad pública deberá notificar oportunamente al centro penitenciario donde cumple su pena y proceder a los trámites de liberación.

Si un delincuente muere mientras se encuentra en libertad condicional por razones médicas, el órgano de seguridad pública deberá notificarlo de inmediato a la prisión de origen.

Capítulo 5 Disposiciones Complementarias

Artículo 28 El presente reglamento entrará en vigor a partir de la fecha de su promulgación.