¿Por qué las víctimas no tienen derecho a apelar?
El famoso abogado experto de Dalí: el abogado Ma. Es demasiado ligero para el acusado. ¿Puedo apelar? Esta pregunta es común al delito de lesión intencional o de homicidio intencional. La abogada Ma*jie dio la siguiente respuesta, esperando que sea útil para todos:
De hecho, el derecho de la víctima a apelar debe determinarse en base a los casos de procesamiento público y privado.
En primer lugar, en los casos de procesamiento público, la víctima y su familia no tienen derecho a apelar la sentencia penal.
1. Para la parte penal, sólo el imputado y el defensor tienen derecho a apelar, no teniendo la víctima derecho a apelar. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 180 de la Ley de Procedimiento Penal, si el imputado, el fiscal privado y su representante legal no están satisfechos con la sentencia de primera instancia o la sentencia del tribunal popular local de cualquier nivel, tienen derecho a presentar una reclamación por escrito. o apelación oral ante el tribunal popular del nivel inmediatamente superior. El tribunal apeló. El defensor del imputado y sus familiares cercanos podrán apelar con el consentimiento del imputado. Las partes en un proceso civil incidental y sus representantes legales podrán apelar contra la parte del proceso civil incidental de las sentencias y fallos de primera instancia de los tribunales populares locales de todos los niveles. El "acusado, el fiscal particular y sus representantes legales" aquí no incluyen a las víctimas. Las partes en un proceso civil incidental y sus representantes legales podrán apelar contra la parte del proceso civil incidental de las sentencias y fallos de primera instancia de los tribunales populares locales de todos los niveles. El trasfondo es que las partes en litigios civiles en litigio (incluidas las víctimas) no tienen derecho a apelar contra la parte penal de las sentencias de primera instancia y los fallos de los tribunales populares locales en todos los niveles.
2. Si el defensor del imputado o sus familiares próximos apelan, deberán obtener el consentimiento del imputado.
Según lo dispuesto en el artículo 180 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el defensor del imputado y sus familiares cercanos podrán apelar con el consentimiento del imputado. Si el defensor del acusado o sus familiares cercanos tienen objeciones a la sentencia penal, pueden apelar, pero deben obtener el consentimiento del acusado. En la práctica, si el acusado contrata a un abogado, éste irá al centro de detención para solicitar el consentimiento del acusado para la apelación. Sin embargo, para aquellos que no han contratado a un abogado pero tienen familiares cercanos del acusado que quieren apelar, existe un problema práctico: “Durante la etapa del juicio, los familiares del acusado no pueden reunirse con el acusado, por lo que no hay necesidad de obtener el consentimiento del acusado. Posibilidad real Por tanto, en este caso, la familia del acusado suele presentar un recurso de apelación y el juez obtiene el consentimiento del acusado 2. En los casos de procesamiento público, si la víctima y su familia no están satisfechos con el veredicto. puede recurrir a la fiscalía. El artículo 182 de la Ley de Procedimiento Penal estipula que si la víctima y su representante legal no están satisfechos con la sentencia de primera instancia del tribunal popular local en todos los niveles, tienen derecho a solicitarla a la Fiscalía Popular. Presentar protesta dentro de los cinco días siguientes a la recepción de la sentencia. Una vez recibida la solicitud de la víctima y su representante legal, la Fiscalía Popular resolverá sobre la protesta dentro de los cinco días y dará respuesta al solicitante. p>El abogado Ma *jie recordó especialmente que la solicitud de protesta debe recibirse dentro de los cinco días
3. En los casos de procesamiento penal privado, la víctima comparece ante el tribunal como fiscal privado y tiene pleno derecho de apelación. En los casos de acusación particular, el acusador suele ser la víctima o un familiar de la víctima, y el acusador goza del derecho de apelación, según el artículo 180 de la Ley de Procedimiento Penal, si lo son el acusado, el acusador y su representante legal. Si no están satisfechos con la sentencia de primera instancia o el fallo del tribunal popular local en todos los niveles, tienen derecho a apelar por escrito u oralmente ante el nivel inmediatamente superior. El defensor del acusado y sus familiares cercanos pueden apelar con el consentimiento del acusado. >
4. Para la parte civil incidental de la sentencia, la víctima y su familia están en la posición de demandante y tienen derecho a apelar. No existe diferencia sustantiva entre una acción civil incidental y una acción civil ordinaria, salvo. que se presenta incidentalmente a una acción penal y se juzga conjuntamente en una acción civil accesoria, la víctima o sus familiares cercanos están en la posición de demandantes civiles y pueden apelar si no están satisfechos con la parte civil.