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La diferencia entre la investigación de la Sección 337 de Estados Unidos y la investigación antidumping

En los Estados Unidos, aunque la investigación de daños industriales en la investigación de la Sección 337 y la investigación antidumping son realizadas por la USITC, existen diferencias obvias entre los dos tipos de investigaciones. La investigación del artículo 337 es una investigación cuasi judicial, mientras que la investigación antidumping es una investigación administrativa. La principal diferencia entre los dos es:

Desde la perspectiva de los objetos de la investigación, la investigación de la Sección 337 es una investigación realizada contra comportamientos desleales en el comercio de importación. En la práctica, se centra principalmente en la infracción de los derechos de propiedad intelectual de los Estados Unidos. por productos importados; la investigación antidumping es una investigación sobre dumping cuando las exportaciones de un país tienen un precio inferior a su valor normal.

Desde la perspectiva de las calificaciones del solicitante, el solicitante de la investigación 337 (que involucra derechos de propiedad intelectual) es un titular de derechos de propiedad intelectual estadounidense, independientemente de si es estadounidense (empresa) o extranjero (empresa). , solo necesita Para probar la existencia de industrias nacionales relevantes en los Estados Unidos, no es necesario probar el daño. El solicitante de una investigación antidumping debe ser una parte interesada nacional que represente a la industria nacional en los Estados Unidos, y al presentar la solicitud se deben aportar pruebas preliminares del dumping, del daño y de la relación causal entre ambos.

Desde la perspectiva de la agencia de investigación, la investigación de la Sección 337 es únicamente responsabilidad de la USITC; en la investigación antidumping, el Departamento de Comercio de Estados Unidos (DOC) es responsable de investigar y dictaminar si existe; es dumping y determina el margen de dumping, y la USITC es responsable de pronunciarse sobre las investigaciones de daños industriales.

Desde la perspectiva de las sanciones, las sanciones bajo la investigación de la Sección 337 son principalmente órdenes de exclusión, prohibiciones, órdenes de incautación y confiscación. Estas medidas permanecerán vigentes durante el período de vigencia de los derechos de propiedad intelectual involucrados; Las sanciones en el marco de las investigaciones antidumping generalmente incluyen derechos antidumping y compromisos de precios; el período de recaudación de los derechos antidumping es generalmente de cinco años.

Desde la perspectiva del impacto de las sanciones en el comercio, en la investigación de la Sección 337, los productos extranjeros que han sido sujetos a órdenes de exclusión no podrán ingresar a Estados Unidos en la investigación antidumping; Si se pagan los derechos antidumping, los productos extranjeros aún pueden ingresar a Estados Unidos.

Desde una perspectiva procesal, la investigación de la Sección 337 tiene un procedimiento de revisión presidencial; la investigación antidumping no tiene este procedimiento.

Además, existen diferencias significativas entre ambos en aspectos como los procedimientos de investigación y la revisión judicial.