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El régimen jurídico de circulación de vacunas y normativa de vacunación pertenece a

El régimen jurídico de circulación de vacunas y las normas de vacunación pertenecen a las normas administrativas.

La autoridad sanitaria del Consejo de Estado formula un plan nacional de vacunación basado en factores como la prevalencia de enfermedades infecciosas a nivel nacional y el estado de inmunidad de la población, junto con el departamento financiero del Consejo de Estado, formula los tipos de vacunación; vacunas para ser incluidas en el plan nacional de inmunización y las presenta al Consejo de Estado para su aprobación y luego las publica.

Al implementar el plan nacional de inmunización, los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central podrán aumentar los tipos de vacunas proporcionadas a los ciudadanos de forma gratuita en función de factores como la prevalencia de Enfermedades infecciosas y estado de inmunidad de la población en sus regiones administrativas, e informar al Consejo de Estado registrado por las autoridades sanitarias.

El país implementa un sistema de vacunación planificado y promueve el programa ampliado de inmunización. Los destinatarios que deban vacunarse contra la primera categoría de vacunas serán vacunados de conformidad con las disposiciones del presente Reglamento; si el destinatario es menor de edad, su tutor cooperará con las instituciones de prevención y control de enfermedades y las instituciones médicas y otras instituciones pertinentes; Instituciones médicas y de salud para garantizar que el receptor sea vacunado de manera oportuna. Ser sembrado.

Base Legal

"Reglamento para la Administración de Circulación y Vacunación de Vacunas"

Artículo 4 El presente Reglamento se aplicará a la circulación, vacunación y supervisión y manejo de vacunas. Artículo 62: Los proveedores de plataformas de comercio en línea de medicamentos de terceros deberán, de conformidad con las disposiciones del departamento de regulación de medicamentos del Consejo de Estado, registrarse en el departamento de regulación de medicamentos del gobierno popular de la provincia, región autónoma o municipio directamente bajo el Gobierno Central donde estén ubicados.

Los proveedores de plataformas externos deberán revisar las calificaciones de los titulares de licencias de comercialización de medicamentos y las empresas operadoras de medicamentos que soliciten operar en la plataforma de acuerdo con la ley para garantizar que cumplan con los requisitos legales y monitorear el medicamento. Operaciones que ocurren en la plataforma.

Si un proveedor de plataforma externo descubre que los titulares de licencias de comercialización de medicamentos o las empresas que operan medicamentos que operan en la plataforma han violado las disposiciones de esta ley, deberá detenerse de inmediato e informar inmediatamente al departamento de regulación de medicamentos del gobierno popular local a nivel de condado; si se descubren violaciones graves de la ley, se debe suspender de inmediato la prestación de servicios de plataforma de comercio en línea. Artículo 63 Los materiales medicinales recién descubiertos y los materiales medicinales introducidos desde el extranjero sólo pueden venderse después de la aprobación del departamento de regulación de medicamentos del Consejo de Estado. Artículo 5 El departamento de salud competente del Consejo de Estado formulará un plan nacional de inmunización basado en factores como la prevalencia de enfermedades infecciosas en todo el país y el estado de inmunidad de la población. Trabajará con el departamento financiero del Consejo de Estado para formularlo. los tipos de vacunas que se incluirán en el plan nacional de inmunización y presentarlas al Consejo de Estado para su aprobación antes de publicarlas.

Al implementar el plan nacional de inmunización, los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central podrán aumentar los tipos de vacunas proporcionadas a los ciudadanos de forma gratuita en función de factores como la prevalencia de Enfermedades infecciosas y estado de inmunidad de la población en sus regiones administrativas, e informar al Consejo de Estado registrado por las autoridades sanitarias. Artículo 6 El Estado implementa un sistema de vacunación planificado y promueve el programa ampliado de inmunización.

Los receptores que deban vacunarse contra la primera categoría de vacunas deberán ser vacunados de acuerdo con lo dispuesto en el presente reglamento; si el receptor es menor de edad, su tutor deberá cooperar con las medidas pertinentes de prevención y control de enfermedades; instituciones e instituciones médicas y otras instituciones médicas y de atención de salud para garantizar que los receptores reciban la vacuna de manera oportuna. Artículo 11 Los organismos provinciales de prevención y control de enfermedades, de acuerdo con el plan nacional de inmunización y las necesidades de prevención y control de la aparición y epidemia de enfermedades infecciosas en la región, formularán planes para el uso de vacunas de Clase I en la región y proporcionarán Los informes a los responsables de la compra de vacunas de Clase I de conformidad con las regulaciones nacionales pertinentes. Los informes departamentales sobre vacunas de Clase I también se informarán al departamento de salud competente del gobierno popular en el mismo nivel para su presentación. El plan de uso debe incluir la variedad, cantidad, canales de suministro y métodos de suministro de la vacuna.