¿Cómo castigar a un grupo de personas mayores de 14 años?
1. Si los estudiantes que hayan cumplido catorce años se reúnen para pelear en una multitud y causar lesiones graves a otros, constituirán delito de lesión intencional y serán condenados a pena de prisión de no menos de un año. menos de tres años pero no más de diez años. Entre ellos, los menores de 18 años recibirán una pena más leve o reducida.
2. Si estudiantes mayores de 14 años se reúnen en multitud para pelear y causar la muerte, ello constituirá delito de homicidio doloso y será sancionado con la muerte, cadena perpetua o prisión de duración determinada. más de 10 años. Si las circunstancias fueran leves, el infractor será condenado a pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años. Entre ellos, los menores de 18 años recibirán una pena más leve o reducida.
Cómo determinar la responsabilidad penal
1. Una persona que ha cumplido 16 años comete un delito y asumirá responsabilidad penal. Cabe señalar que las personas mayores de 16 años tendrán plena responsabilidad penal por los delitos. Se trata de una disposición presunta de la legislación de nuestro país basada en la madurez física y mental general de las personas que hayan cumplido 16 años.
2. El que sea mayor de 14 años pero menor de 16 y cometa el delito de homicidio doloso, lesiones dolosas, lesiones graves o muerte, violación, robo, tráfico de drogas, incendio provocado, explosión o La colocación de sustancias peligrosas incurrirá en responsabilidad penal. A diferencia de lo anterior, la edad de responsabilidad penal aquí es la edad relativa de responsabilidad penal. En otras palabras, una persona mayor de 14 años pero menor de 16 años tendrá responsabilidad penal únicamente cuando cometa los actos delictivos antes mencionados.
3. Las personas menores de 14 años no son penalmente responsables. También cabe señalar aquí que esta época es completamente irresponsable.
4. Si una persona mayor de 14 años pero menor de 18 comete un delito, se le impondrá una pena más leve o reducida.
5. Los menores de 16 años no serán castigados, y sus padres o tutores tendrán la orden de disciplinarlos si es necesario, podrán ser adoptados por el gobierno.
6. Si una persona que ha cumplido setenta y cinco años comete un delito, se le podrá imponer una pena más leve o reducida; si comete un delito por negligencia, se le impondrá una pena más leve o reducida; castigo.
7. Si a un enfermo mental le causan consecuencias perjudiciales al no poder reconocer o controlar su conducta, y así se confirma mediante procedimientos legales, no será penalmente responsable él, sino sus familiares o tutores. se debe ordenar que supervisen estrictamente y proporcionen tratamiento médico, si es necesario, tratamiento médico obligatorio por parte del Gobierno;
8. El enfermo mental intermitente que cometa un delito en estado de ánimo normal incurrirá en responsabilidad penal.
9. Si un enfermo mental que no ha perdido completamente la capacidad de identificar o controlar su propia conducta comete un delito, incurrirá en responsabilidad penal, pero podrá recibir una pena más leve o reducida.
Espero que el contenido anterior pueda ayudarte. Si tiene alguna otra pregunta, consulte a un abogado profesional.
Base jurídica: artículo 292 de la "Ley Penal"
Quien reúna una multitud para luchar será condenado a pena privativa de libertad no superior a tres años, detención penal o vigilancia. ;
Cualquiera de las siguientes circunstancias Los cabecillas y demás participantes activos serán condenados a pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años:
(1) Múltiples peleas en multitudes;
(2) Número de peleas en multitudes Hay muchos, a gran escala y malos impactos sociales;
(3) Reunión de personas para pelear en lugares públicos. o arterias de tráfico, causando graves disturbios sociales;
(4) Reuniones armadas de personas para luchar.
El que reúna multitud para pelear y cause lesiones graves o la muerte, será sancionado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 234 de esta Ley.
Artículo 232.
Disposiciones sobre condena y sanción.