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Contenidos y técnicas del contrainterrogatorio judicial

¿Cuáles son los contenidos y técnicas del contrainterrogatorio judicial?

1. Prueba documental y prueba física

1. La prueba documental se refiere a todos los elementos, símbolos y gráficos que pueden determinar la verdad del caso con base en los pensamientos expresados ​​y el contenido del mismo. los registros. Su fuerza probatoria se caracteriza por el hecho de que la verdad objetiva es más fuerte que la evidencia verbal. Por lo tanto, el contrainterrogatorio de la prueba documental generalmente apunta a:

(1) Existe una disputa sobre si la prueba documental está falsificada o alterada, es decir, si es la original, la original, una copia o una copia abreviada. Esto requiere una explicación del proceso de extracción y descubrimiento original;

(2) Si la prueba documental está relacionada con los hechos del caso;

(3) Si el canal para su obtención la prueba documental es legal;

(4) Hay una disputa sobre la conclusión de la tasación de la prueba documental;

(5) Examinar al autor original de la prueba documental y si es incompatible con otras pruebas;

2. Se pueden utilizar todas las pruebas físicas, elementos y rastros para descubrir las verdaderas circunstancias del caso. Estos elementos y huellas incluyen instrumentos para la comisión del delito, objetos de infracción, huellas y elementos dejados durante el acto, y otros elementos y huellas que puedan revelar y probar la ocurrencia del caso. En comparación con otras pruebas, la evidencia física es más intuitiva y más fácil de captar, y es más objetiva y verdadera que la evidencia verbal. El contrainterrogatorio de evidencia física generalmente incluye:

(1) Si la evidencia física es original, su método de recolección, fuente y método de conservación;

(2) Si está relacionada a los hechos del caso, es decir, si está relacionado con los hechos del caso, cuáles son las conexiones objetivas entre los principales hechos delictivos y qué pruebas pueden probar los principales hechos delictivos;

( 3) ¿Existe alguna otra evidencia que lo respalde? Por ejemplo, si el arma homicida ha sido identificada por el acusado, si se han identificado las manchas de sangre, si coincide con el tipo de sangre de la víctima o del acusado, si hay testimonios que demuestren quién tomó el arma homicida, si es inconsistente con otras pruebas y si es razonable eliminar la contradicción;

En segundo lugar, el testimonio de un testigo

El testimonio de un testigo se refiere a una declaración sobre parte o todos los hechos del caso. realizada por una persona que conoce la verdadera situación del caso a los investigadores. La declaración del testigo puede ser lo que escuchó o vio, o puede ser lo que cuenta otra persona. Sin embargo, se debe indicar la fuente de la información que no se puede decir ni escuchar de oídas no se puede utilizar como testimonio de un testigo. Dado que el testimonio de un testigo es una declaración hecha ante la autoridad judicial por la percepción y memoria que el testigo tiene de los hechos del caso, cada testimonio se ve afectado e interferido por factores subjetivos y objetivos. Cada testigo se verá afectado por su percepción, memoria y capacidad de expresión personal. , y habrá error. En vista de la inestabilidad y variabilidad del testimonio de los testigos, el foco del contrainterrogatorio es:

(1) Si el testimonio se obtuvo legalmente. En el interrogatorio participaron varias personas, si fue realizado solo, si cumplió con los procedimientos legales, si fue tortura para obtener una confesión, si fue inducido o engañado, si el lugar del interrogatorio cumplió con las normas legales, preguntó el defensor. los testigos pertinentes si obtuvieron el consentimiento de la víctima, si fueron aprobados por los departamentos pertinentes y el testimonio obtenido por el defensor si ha sido revisado y procesado, etc.

(2) Si la fuente del testimonio del testigo es directa o indirecta.

(3) Si el testimonio proporcionado por el testigo ha sido interferido ilegalmente por el mundo exterior, o instigados o sobornados por la parte u otros, amenazas;

(4) Si el testigo y las partes tienen interés en el caso;

(5) Cómo expresar los sentimientos del testigo sobre cosas objetivas, si la declaración es precisa, profunda y memorizada La extensión, la fuerza de la capacidad de expresión del lenguaje, el estado mental al sentir las cosas y el entorno objetivo al sentir las cosas (6) Si existe alguna contradicción entre el testimonio; de testigos individuales y otras pruebas;

(7) Además, también se pueden cuestionar el carácter y los antecedentes penales del testigo. Si el testimonio de un testigo se repite muchas veces y hay antecedentes de sanción administrativa o penal, el poder probatorio de la prueba puede verse reducido.

Tres. Las confesiones y justificaciones de los sospechosos y acusados ​​de delitos

Las confesiones y justificaciones de los sospechosos y acusados ​​de delitos se refieren a lo que los sospechosos y acusados ​​de delitos hacen a los investigadores, fiscales y jueces con respecto a las declaraciones de casos relevantes. Dado que el sospechoso y el acusado están en el centro del proceso penal, tienen un interés vital en el resultado del caso. Su posición determina que las declaraciones y defensas de los sospechosos y acusados ​​criminales tienen más probabilidades de ser falsas o una mezcla de verdad y falsedad.

En base a esto, el contrainterrogatorio judicial debe prestar atención a:

(1) El análisis de la racionalidad de la confesión debe combinarse con los casos;

(2) El análisis de los motivos y condiciones de la confesión del acusado;

(3) No existe ningún comportamiento ilegal al interrogar al acusado. Muchos acusados ​​se retractan de sus confesiones porque son torturados para obtener confesiones. La defensa también aprovechará este punto;

(4) La confesión del acusado es consistente con la de sus coacusados. Si hay contradicciones en la confesión del acusado y otras pruebas;

Cuarto, la declaración de la víctima

<. p>La declaración de la víctima es verdadera y confiable en la mayoría de los casos. Pero como víctima, odiaba y temía al acusado, por lo que su declaración no fue objetiva y también fue una prueba subjetiva y variable. El foco de este contrainterrogatorio es:

(1) La relación habitual entre la víctima y el acusado y la calidad ideológica de la víctima;

(2) Si la fuente de la opinión de la víctima la declaración es directa o indirecta;

(3) Si el contenido de la declaración de la víctima es contradictorio;

(4) Preste atención a si la declaración de la joven víctima es consistente con su edad y habilidad lingüística;

Verbo (Abreviatura de verbo) Conclusión de la evaluación

La conclusión de identificación se refiere al uso de conocimientos especializados para evaluar cuestiones específicas en el caso. Es una determinación y un juicio realizados utilizando. conocimiento especializado. También se ha convertido en un medio importante para revisar o identificar otras pruebas. El foco del contrainterrogatorio es:

(1) Las calificaciones del tasador, si el empleo es legal y si la tasación se ve afectada por factores externos y factores personales;

(2) Si los materiales en los que se basa la evaluación son suficientes y confiables;

(3) Si el argumento es suficiente, si la inferencia es razonable y si se han descartado todas las circunstancias sospechosas;

(4) si el tasador tiene el conocimiento profesional y la experiencia para resolver el problema de tasación, si el equipo utilizado está completo y si los métodos y procedimientos operativos adoptados son científicos.

6. Inspección y transcripciones de inspección

Las inspecciones y transcripciones de inspección son registros objetivos de la investigación e investigación del personal judicial de escenas, objetos y personas relacionados con el delito. Desempeña un papel importante en la identificación correcta de los hechos del caso y en la identificación de los criminales. Es un tipo de evidencia con función de prueba integral. El enfoque del contrainterrogatorio es:

(1) Si la inspección y los registros de inspección cumplen con los requisitos legales, como si la persona que realiza la inspección y la inspección tiene derecho a inspeccionar e inspeccionar, si el testigo está presente, y si la inspección y los registros de inspección están firmados y sellados, etc.;

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(2) Si el contenido registrado en la transcripción es completo y preciso, y si hay cualquier omisión en la escena;

(3) Si los rastros de la escena y los elementos registrados en la transcripción han sido destruidos o falsificados, y si las características personales, si la lesión o la condición fisiológica han sido falsificadas o alteradas;

(4) Si existe una conexión directa con los hechos del caso y si existe alguna contradicción con otras pruebas;

7. Materiales audiovisuales

Materiales audiovisuales se refiere a materiales de audio y video que pueden reproducir los sonidos e imágenes originales del caso, materiales relacionados almacenados en computadoras e información proporcionada por otros equipos tecnológicos, como materiales para probar. la verdadera situación del caso. Se trata de un tipo de prueba que se acerca más a la verdadera situación del caso y su poder probatorio es directo, vívido, preciso, científico y completo. El foco del contrainterrogatorio de esta evidencia es:

(1) Si ha sido falsificada, alterada, editada y si ha sido autenticada;

(2) Si el método de adquisición es legal;

(3) Si está relacionado con los hechos de este caso y si los principales hechos delictivos pueden ser confirmados.

Además del contenido anterior del contrainterrogatorio, el fiscal también debe dominar las habilidades del contrainterrogatorio:

1. Métodos de contrainterrogatorio de testigos:

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1. Durante el interrogatorio del testigo de cargo Durante el procedimiento, primero se debe determinar la identidad del testigo, su edad, su sexo, su ocupación y otra información básica para demostrar sus calificaciones al tribunal, y luego al testigo. Se le debe pedir que haga una declaración coherente de los hechos que conoce relacionados con la condena y sentencia del caso y, finalmente, en Después de que el testigo haga una declaración coherente, el fiscal le hará preguntas sobre las cosas que hizo. no aclararon o fueron omitidos o contradictorios en la declaración para conocer los hechos. El cuarto es hacer preguntas planteadas por el defensor. Quinto, cuando un testigo hace una declaración falsa, debe hacer preguntas para aclarar los hechos. Cuando sea necesario, se deberán leer las transcripciones de los testimonios rendidos por los testigos durante las etapas de investigación, revisión y procesamiento y los testimonios de otros testigos para comprobar sus declaraciones falsas.

2. Testigos llamados por la defensa (testigos de la defensa)

(1) Método del fiscal para interrogar a los testigos llamados por la defensa: En general, se utilizan preguntas. Se trata de hacer preguntas a los testigos sobre puntos dudosos de sus declaraciones.

Para los testigos de la defensa, el defensor es el principal sujeto del interrogatorio, y el fiscal se centra en los problemas existentes en sus declaraciones ante el tribunal. Por supuesto, en el proceso de preguntas, también es inseparable del uso cruzado de métodos de investigación como la apertura y revisión de preguntas.

(2) Los procedimientos de interrogatorio y contrainterrogatorio de los testigos de la defensa por parte del fiscal.

Los testigos de la defensa son interrogados principalmente por la defensa, y el fiscal solo hace preguntas dependiendo de si el fiscal se ha puesto en contacto con los testigos de la defensa antes de comparecer ante el tribunal, pueden ser tratados de manera diferente:

1. Para el fiscal antes del juicio, el testimonio del testigo de la defensa ya es conocido, es decir, se ha recopilado el registro del testimonio del testigo. El fiscal se centra principalmente en las diferencias y contradicciones entre su testimonio en el tribunal y su testimonio ante el tribunal. el juicio, lo que afectará la condena y la sentencia. Sus métodos y procedimientos pueden referirse al interrogatorio de testigos de cargo.

2. Respecto a los testigos de la defensa y sus declaraciones que el fiscal no conocía antes del juicio, es decir, los testigos de la defensa y sus transcripciones testimoniales con las que el fiscal no tuvo contacto antes del juicio, el procedimiento. Para los testigos de la defensa en este caso hacer preguntas es: primero, verificar si la persona que testifica ante el tribunal tiene las calificaciones de testigo. El segundo es examinar si el testimonio del testigo se ve afectado por factores subjetivos y objetivos como la percepción, la memoria y la expresión. El tercero es examinar si el testimonio del testigo ha sido influenciado ilegalmente por el mundo exterior, como tentaciones, engaños, sobornos, amenazas, etc. El cuarto es averiguar si la fuente de los hechos confirmados por el testigo es confiable, ya sea lo que vio con sus propios ojos o lo que escuchó. En quinto lugar, hacer preguntas a otros testigos y sospechosos de delitos en el caso sobre los hechos probados por los testigos, o leer otras pruebas para comprender si el testimonio de los testigos de la defensa es coherente con las pruebas de todo el caso. Si la autenticidad, objetividad y relevancia del testimonio del testigo de la defensa puede determinarse mediante los métodos anteriores, podrá utilizarse como prueba. Si los métodos anteriores no pueden verificarse en el tribunal, dependiendo de si los hechos y circunstancias del caso confirmado son importantes, se le puede pedir al tribunal que no utilice las pruebas con precaución o que continúe la verificación después del juicio.

(2) Métodos y procedimientos para el contrainterrogatorio de las transcripciones de testimonios.

El nuevo modelo procesal es el proceso penal acusatorio. Por lo general, los testigos deben comparecer ante el tribunal para testificar. Sin embargo, en la práctica, los testigos están sujetos a muchas restricciones y es imposible que todos los testigos comparezcan ante el tribunal. Según el artículo 157 de la Ley de Procedimiento Penal, si un testigo no comparece ante el tribunal o es conocido por el tribunal, se leerá en el tribunal la transcripción del testimonio del testigo que no compareció ante el tribunal. Por lo tanto, habrá muchos testigos cuyas transcripciones testimoniales deberán leerse en voz alta en el tribunal, interrogarse y verificarse.

1. Transcripción del testimonio leído por el fiscal cuando el rehén prestó declaración.

Dado que las transcripciones de los testimonios leídos por el fiscal al testificar son verificadas por el fiscal antes del juicio, las transcripciones de las declaraciones de los testigos o los testimonios personales durante las etapas de investigación, revisión y procesamiento se pueden leer directamente en el tribunal. Lo que se puede leer es el contenido completo de la transcripción del testimonio, o su contenido principal o clave. Al leerlo tenga claro: en primer lugar, si el procedimiento es legal. Incluyendo si más de dos investigadores tomaron el certificado, si a los testigos se les permitió verificar, firmar, tomar huellas digitales, etc. El segundo es explicar si el testigo declaró en circunstancias normales y si fue acusado, amenazado, inducido o sobornado. El tercero es comprender claramente la relación entre los hechos confirmados por el testigo y el caso, es decir, cuando el testigo confirma los hechos del caso o una determinada trama, debe explicar claramente el tiempo, lugar, persona, comportamiento, método. , medios, resultados y otros factores relevantes. El cuarto es explicar la relación entre el testigo y el acusado y la víctima y la fuente del testimonio. El quinto es resumir los hechos del caso confirmados por la transcripción del testimonio, es decir, resumir el contenido de la transcripción del testimonio, explicar el formulario y realizar una evaluación integral de la fuerza probatoria, para que el tribunal pueda entender claramente lo que dice la transcripción del testimonio. prueba y qué fuerza probatoria tiene.

2. El método de contrainterrogatorio del testimonio redactado por el fiscal cuando la defensa presenta pruebas.

Según si el fiscal comprende el testimonio escrito por el defensor ante el tribunal, se puede dividir en:

1) Al presentar pruebas al defensor, el fiscal lee las pruebas que el fiscal obtuvo del tribunal una copia de una parte del testimonio de un testigo. Con base en la información que tenía, realizó principalmente contrainterrogatorios o explicaciones a partir de los siguientes aspectos: Primero, el fiscal dijo al tribunal la única declaración coherente del testimonio registrado por el mismo testigo durante la etapa de investigación o procesamiento. El segundo es explicar si el procedimiento de recopilación de pruebas para la transcripción del testimonio del testigo es legal y si es consistente con otras pruebas. El tercero es explicar si el estado psicológico y mental del testigo es normal y si está afectado por factores subjetivos y objetivos. El cuarto es explicar si el registro del testimonio del testigo se ve afectado por factores como el registrador y el investigador, que pueden conducir a la exactitud y precisión del registro del testimonio. A partir de los aspectos anteriores, combinados con otras pruebas de todo el caso, el fiscal analizó de manera integral el poder probatorio y el papel de algunas de las transcripciones de los testimonios del mismo testigo leídos por el defensor.

Cuando un defensor saca citas de contexto, confunde el bien y el mal, cambia conceptos en secreto, oculta falsedades o comete fraude, debe utilizar la lógica y otros conocimientos de la materia para analizar los errores cometidos por el defensor al leer las transcripciones de los testimonios basándose en la integridad de las transcripciones de los testimonios de todo el caso y otras pruebas. Esto niega las transcripciones de los testimonios leídas por el defensor durante el contrainterrogatorio.

(2) Para las transcripciones de testimonios leídas por el defensor que son diferentes o contrarias al significado del mismo testigo en la copia de la prueba obtenida por el fiscal del tribunal, el contrainterrogatorio del fiscal procede principalmente de la siguientes aspectos: Primero, de acuerdo con lo anterior (1) Procedimientos y métodos para demostrar que las transcripciones del testimonio del mismo testigo leídas por el fiscal y recopiladas durante la etapa de investigación o procesamiento son sólidas y efectivas. Cuando sea necesario, se podrá exigir al tribunal que reproduzca los materiales audiovisuales y las pruebas que se fijaron y conservaron cuando se formó la transcripción del testimonio del testigo. "El segundo es analizar la consistencia del testimonio del mismo testigo leído por el defensor, y si existen errores como sacar cosas de contexto, generalizar, sustituir conceptos, confundir lo correcto con lo incorrecto, etc. El tercero es analizar Analizar si el testimonio escrito por el defensor es legal y si ha sido comprometido en forma y contenido. La influencia de factores subjetivos y objetivos, combinados con otras pruebas en todo el caso, especialmente la prueba de los mismos hechos o circunstancias confirmadas. por el testigo y verificado por el tribunal, demostrar de manera integral la autenticidad del testimonio escrito por el defensor, pudiendo negar la hipocresía del testimonio escrito por el fiscal, acreditar la autenticidad y objetividad del testimonio escrito por el mismo testigo. La autenticidad del testimonio escrito por el defensor no se puede negar después del trabajo anterior, hay dos maneras de resolver este problema en la práctica. Pregunta: La primera y mejor manera es hacer que el testigo comparezca ante el tribunal y lo interroguen en el tribunal. !En segundo lugar, dejar que el juez tome una decisión basándose en las pruebas de todo el caso, pero si el testimonio de ese testigo es la prueba principal, entonces, el autor cree que cuando hay objeciones o contradicciones antes del juicio, y. la verificación en el tribunal no es cierta y no hay tiempo para notificar al testigo para que comparezca ante el tribunal a declarar, lo que afecta la condena y la sentencia, se debe seguir la Ley de Procedimiento Penal revisada de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 165, solicitar la. tribunal aplazar el juicio y notificar a los testigos que comparezcan ante el tribunal para declarar" para ser interrogados y contrainterrogados. Si no es la prueba principal, se puede dejar que el juez emita un juicio integral basado en los hechos y las pruebas de todo el caso.

(3) La transcripción del testimonio leído por el defensor al declarar fue investigada por el propio defensor y el fiscal no tuvo acceso a ella antes de comparecer ante el tribunal. El contrainterrogatorio que realiza el fiscal de las transcripciones de los testimonios se centra principalmente en los siguientes aspectos: en primer lugar, se analiza el contenido y la forma de las transcripciones de los testimonios leídos por el defensor para comprobar si existen actos ilícitos, si existen factores subjetivos y objetivos, y si hay errores de grabación. En segundo lugar, si el fiscal conoce al testigo, analizará si el testigo está influenciado por otros desde la perspectiva del estado mental, el carácter moral, la percepción, la memoria, la capacidad de expresión, etc. del testigo, así como la autenticidad de sus declaraciones. acta de testimonio en el tribunal. El tercero es contrainterrogar el testimonio escrito por el defensor y brindar opiniones analizando la fuente del testimonio y su relación con el caso y el caso en su conjunto. Cuarto, si el fiscal no sabe nada sobre el testigo y su testimonio ante el tribunal, debe analizar exhaustivamente la exactitud, la fuerza probatoria y la autenticidad del testimonio basándose en las pruebas que han sido claramente verificadas en el tribunal, combinadas con las circunstancias de todo el caso. y los métodos anteriores. Solo si se puede verificar y confirmar claramente que cumple con las características de la evidencia a través de los métodos y la extensión anteriores, se puede utilizar como evidencia; si no se puede verificar claramente, puede consultar el método anterior (2) para ver si; es la prueba principal, decide si posponer el juicio y notificar al testigo que comparezca ante el tribunal para testificar, o dejar que el tribunal decida por sí solo en función de las pruebas de todo el caso.