¿Qué características debe tener una marca registrada?
Análisis jurídico: (1) Una marca es un signo distintivo. Se distingue de los signos que son descriptivos, públicamente conocidos y públicos, y de los signos de bienes o servicios de otras personas, lo que facilita su identificación por parte de los consumidores. (2) La marca es exclusiva. El propietario de una marca registrada tiene derechos exclusivos y derechos exclusivos sobre su marca, y otros no pueden usarla sin el permiso del propietario de la marca registrada. De lo contrario, constituirá una infracción de los derechos marcarios del registrador y del titular. (3) Las marcas registradas tienen valor. Una marca representa la calidad de los bienes y servicios producidos u operados por el propietario de la marca, así como la reputación y la imagen corporativa. El propietario de la marca hace que la marca sea valiosa y aumenta el valor agregado de los productos a través de la creatividad, el diseño, la solicitud de registro, Publicidad y uso de la marca. Se debe poner especial énfasis en las características distintivas de una marca (también conocidas como distintividad), que se refiere a la reconocibilidad y singularidad de una marca que facilita la distinción de productos y servicios que contienen otras marcas que los consumidores pueden confiar en las características de la marca. marca para distinguir productos o servicios. El origen, características, información, etc. del servicio.
Base legal: "Ley de Marcas de la República Popular China" Artículo 10 No se utilizarán como marcas los siguientes signos: (1) Los mismos que el nombre del país, la bandera nacional, el emblema nacional, el emblema nacional, himno, bandera militar, emblema militar, canción militar, medalla, etc. son iguales o similares, y son iguales que el nombre o logotipo de una agencia estatal central, el nombre de un lugar específico donde se encuentra, o el nombre o gráficos de un edificio emblemático; (2) Lo mismo que un país extranjero. El nombre, la bandera nacional, el emblema nacional, la bandera militar, etc. son iguales o similares, excepto con el consentimiento del gobierno del país; El nombre, bandera, emblema, etc. de la organización internacional intergubernamental son iguales o similares, excepto con el consentimiento de la organización o que no pueda inducir a error. Excepto para el público (4) Idénticos o similares a los signos oficiales y; marcas de inspección que indiquen la implementación de control y garantía, excepto las autorizadas (5) Los mismos nombres y signos que la "Cruz Roja" y la "Media Luna Roja" o similares (6) étnicamente discriminatorios; (7) engañosos y susceptibles de causar; que el público malinterprete la calidad y otras características de los bienes o su origen (8) perjudiciales para la moral socialista u otros efectos adversos;