Artículo 72 de la Ley de Procedimiento Penal de Potou, Oficina de Seguridad Pública de Zhanjiang
Artículo 72 Los tribunales populares, las fiscalías populares y los órganos de seguridad pública podrán someter a sospechosos o acusados de delitos bajo vigilancia domiciliaria en cualquiera de las siguientes circunstancias:
(1) Los que están gravemente enfermos y no pueden cuidar de sí mismos;
(2) Las mujeres que están embarazadas o amamantando;
(3) Son el único sustento para aquellos que no pueden cuidar de sí mismos;
(4) Debido a las circunstancias especiales del caso o la necesidad de manejar el caso, es más apropiado adoptar medidas de vigilancia residencial;
(5) El período de detención ha expirado y el caso no ha concluido, y es necesario adoptar medidas de vigilancia residencial.
Para aquellos que cumplen las condiciones para la libertad bajo fianza en espera de juicio, pero el sospechoso o el acusado no pueden proporcionar un garante o pagar un depósito, pueden ser puestos bajo vigilancia residencial.
La vigilancia residencial será implementada por los órganos de seguridad pública.