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¿Cuáles son las disposiciones legales sobre la licencia por aborto para las empleadas?

Si una empleada está embarazada y sufre un aborto espontáneo (incluido el aborto artificial), su empleador deberá concederle la licencia de maternidad de acuerdo con las siguientes normas basadas en el certificado del departamento médico: menores de tres meses, 15 días de licencia de maternidad (de tres meses (inclusive)) a cuatro meses, la licencia de maternidad es de 30 días las de cuatro meses (inclusive) a siete meses, la licencia de maternidad es de 42 días (inclusive); , la baja por maternidad se realiza como tramitación normal de baja por maternidad. El artículo 8 del "Reglamento sobre la protección laboral de las empleadas" estipula que si una empleada queda embarazada y sufre un aborto espontáneo, su empleador le concederá un período determinado de licencia de maternidad sobre la base de un certificado del departamento médico.