¿Debo pagar primero una tasa de ejecución para solicitar la ejecución?
Con referencia al artículo 20 de las "Medidas para el pago de honorarios de litigio", la tarifa de aceptación del caso será pagada por adelantado por el demandante, un tercero con derechos de reclamación independientes y el apelante. Si el demandado presenta una reconvención y necesita pagar una tarifa de aceptación del caso de acuerdo con lo dispuesto en estas Medidas, deberá pagarla por adelantado. Los casos que involucran la recuperación de remuneración laboral no necesitan pagar una tarifa de aceptación del caso por adelantado.
La tasa de solicitud deberá ser pagada por adelantado por el solicitante. Sin embargo, la tarifa de solicitud estipulada en el Artículo 10 (1) y (6) de estas Medidas no la paga el solicitante por adelantado, sino que se paga después de que se completa la tarifa de solicitud, y la tarifa de solicitud de quiebra se paga después de que se completa la liquidación. .
Datos ampliados
Con referencia al artículo 10 de las "Medidas para el pago de honorarios de litigio", las partes pagarán los honorarios de solicitud cuando soliciten al Tribunal Popular los siguientes asuntos de conformidad con la ley:
(1) ) Solicitar la ejecución de las sentencias, fallos y documentos de mediación legalmente eficaces del Tribunal Popular, las sentencias y documentos de mediación dictados por las instituciones de arbitraje de conformidad con la ley, y los instrumentos de deuda que hayan sido legalmente ejecutables por la notaría;
(2) Solicitud de Medidas de preservación;
(3) Solicitud de orden de pago.
(4) Solicitar publicidad;
(5) Solicitar revocar el laudo arbitral o determinar la validez del acuerdo arbitral;
(6) Solicitar por quiebra
(7) Solicitud de medida cautelar marítima, ajuste de avería gruesa, establecimiento de fondo de limitación de responsabilidad marítima, registro de reclamaciones marítimas, recordatorio de gravamen marítimo;
(8) Solicitud de reconocimiento; y ejecución de sentencias, fallos y laudos de tribunales extranjeros y laudos de instituciones arbitrales extranjeras.
De acuerdo con el artículo 14 de las "Medidas para el pago de honorarios de litigio", la tarifa de solicitud se pagará de acuerdo con las siguientes normas:
(1) Solicitud al Tribunal Popular para ejecutar la sentencia o sentencia del Tribunal Popular que haya surtido efectos jurídicos y los documentos de mediación, sentencias y documentos de mediación emitidos por instituciones arbitrales de conformidad con la ley, los documentos de derechos de los acreedores otorgados con efecto ejecutivo por la notaría de conformidad con la ley, y Las solicitudes de reconocimiento y ejecución de sentencias y fallos de tribunales extranjeros y laudos de instituciones arbitrales extranjeras se pagarán de acuerdo con las siguientes normas:
1 Si no existe monto o precio de ejecución, oscila entre 50. De yuanes a 500 yuanes por pieza.
2. Si el monto o precio de ejecución no excede los 6,5438 millones de yuanes, se pagarán 50 yuanes por cada pieza; por la parte que exceda de 1.000 yuanes a 500.000 yuanes, se pagará 1,5 por la parte que exceda; 500.000 yuanes a 5 millones de yuanes La parte que excede de 5 millones de yuanes a 6,543.800 millones de yuanes se paga a una tasa de 0,5; la parte que excede de 100.000 yuanes se paga a una tasa de 0,1;
3. De conformidad con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 55 de la Ley de Procedimiento Civil, si el titular del derecho que no ha participado en el registro presenta una demanda ante el Tribunal Popular, deberá pagar la tasa de solicitud. de acuerdo con las normas estipuladas en este párrafo y ya no pagará la tarifa de aceptación del caso.
Gobierno popular del condado de Anyang de la provincia de Henan: medidas para el pago de las costas del litigio