El sospechoso de un delito queda en libertad bajo fianza después de estar detenido en espera de juicio. En este caso, ¿pueden las partes retirar el caso?
El sospechoso criminal fue puesto en libertad bajo fianza en espera de juicio después de haber sido detenido penalmente. Este es un caso penal de procesamiento público y las partes involucradas no pueden retirar el procesamiento. La libertad bajo fianza en espera de juicio es una medida coercitiva penal estipulada en la Ley de Procedimiento Penal de la República Popular China. Se refiere al hecho de que en los procesos penales, los órganos de seguridad pública, las fiscalías populares, los tribunales populares y otros órganos judiciales ordenan a los sospechosos o acusados de delitos que no han sido arrestados o que necesitan cambiar medidas obligatorias después del arresto para evitar que eludan la investigación, el procesamiento. y juicio, y ordenarle que proporcione un garante O, una medida obligatoria es pagar un depósito y emitir una carta de garantía, garantizando que la persona estará allí en cualquier momento, no detenerla o liberarla temporalmente. Un caso penal se refiere a un sospechoso o acusado de un delito acusado de violar las relaciones sociales protegidas por el derecho penal. El Estado lleva a cabo la investigación del caso, el juicio e impone sanciones penales (como multas y penas de prisión de duración determinada) para investigar al sospechoso de un delito. o responsabilidad penal del acusado, pena de muerte, privación de derechos políticos, etc.). Artículo 77 de la "Ley de procedimiento penal" Los tribunales populares, las fiscalías populares y los órganos de seguridad pública no podrán poner en libertad bajo fianza a los sospechosos o acusados de delitos en espera de juicio durante más de 12 meses, y el período máximo de vigilancia domiciliaria no podrá exceder de seis meses. Durante el período de libertad bajo fianza en espera de juicio o bajo vigilancia domiciliaria, no se interrumpirá la investigación, el procesamiento y el juicio del caso. Si se determina que no procede perseguir la responsabilidad penal o que ha expirado el período de fianza pendiente de juicio o vigilancia domiciliaria, se dará por terminada oportunamente la fianza pendiente de juicio o vigilancia domiciliaria. Para poner fin a la libertad bajo fianza en espera de juicio o vigilancia domiciliaria, se notificará oportunamente a la persona puesta en libertad bajo fianza en espera de juicio o bajo vigilancia domiciliaria y a las unidades correspondientes.