Reflejar la marca registrada de otra persona y utilizarla en productos similares es un acto de competencia desleal.
La comparación de marcas se refiere a comparar la marca acusada de infracción con la marca registrada del titular del derecho. La identidad o similitud de dos marcas es la base y premisa para el establecimiento de infracción. La comparación de marcas debe seguir tres principios: principio de comparación general, principio de comparación principal y principio de comparación aislada. La comparación general requiere una "observación aislada" para determinar si dos marcas son similares en su conjunto, en lugar de comparar las partes correspondientes de las dos marcas individualmente. El objetivo legislativo de la competencia desleal en materia de marcas es evitar que los consumidores confundan los servicios y las fuentes de los bienes. Una de las condiciones necesarias para determinar la infracción de una marca es si la supuesta infracción puede hacer que los consumidores confundan la fuente de los bienes o servicios. La "posibilidad de confusión" es la cuestión central de la protección de las marcas y la base para delimitar el alcance razonable de los derechos de marcas. Al determinar la confusión, se debe utilizar como estándar la atención general de los consumidores comunes y también se deben considerar el carácter distintivo y la popularidad de la marca registrada. Lo anterior son respuestas a la determinación de infracción marcaria y competencia desleal.