Estado de implementación del Tribunal Popular del Distrito de Baiyun
Artículo 1 El plazo de detención del imputado en las causas penales de primera instancia de la acusación pública y en las causas penales de primera instancia de la acusación particular es de dos meses, y deberá no excederá de tres meses. Para casos de litigios civiles incidentales, si se da una de las circunstancias previstas en el artículo 156 de la Ley de Procedimiento Penal de la República Popular China (en adelante, la Ley de Procedimiento Penal), se podrá conceder una prórroga de tres meses con la aprobación del tribunal popular del nivel inmediatamente superior; debido a circunstancias especiales. Si la situación requiere una extensión, debe presentarse al Tribunal Popular Supremo para su aprobación. Si la solicitud no se puede completar dentro del plazo, puede presentarla nuevamente.
Las demandas civiles accesorias deben conocerse junto con las causas penales. Sólo para evitar demoras excesivas en el juicio de casos penales, una vez finalizado el juicio del caso penal, la misma organización litigante puede continuar juzgando el litigio civil incidental, pero el período del juicio se regirá por la Ley de Procedimiento Civil de la República Popular China (en adelante Ley de Procedimiento Civil) y sus interpretaciones judiciales.
Los casos de acusación particular penal en primera instancia en que el imputado no se encuentre detenido se juzgarán conforme al procedimiento ordinario, y el plazo será de seis meses, si concurren circunstancias especiales que requieran prórroga; prorrogarse por tres meses con la aprobación del tribunal popular del nivel inmediatamente superior.
Para las causas penales sujetas a procedimiento sumario, el plazo es de veinte días; si la posible pena de prisión excede de tres años, podrá ampliarse a un mes y medio.
En los casos en que se apliquen procedimientos de tratamiento médico obligatorio a pacientes con enfermedades mentales que no sean penalmente responsables según la ley, si el demandado o demandado cumple las condiciones para el tratamiento médico obligatorio, el plazo es de un mes. Si una institución de tratamiento médico obligatorio propone un dictamen sobre la terminación del tratamiento médico obligatorio, o una persona sometida a tratamiento médico obligatorio y sus familiares cercanos solicitan poner fin al tratamiento médico obligatorio, la decisión de terminar o continuar el tratamiento médico obligatorio se tomará en el plazo de un mes. Los dictámenes escritos de corrección presentados por la Fiscalía Popular por decisiones inadecuadas de tratamiento médico obligatorio o obligatorio serán escuchados por separado por el panel colegiado y se tomará una decisión en el plazo de un mes.
Artículo 2 El plazo para conocer de las causas civiles en primera instancia por la vía ordinaria es de seis meses. Si hay circunstancias especiales que requieren una extensión, se puede extender por seis meses con la aprobación del presidente o líder de nuestro hospital; si es necesaria una extensión, se debe informar al tribunal superior popular para su aprobación;
Los casos civiles que involucran a países extranjeros y a Hong Kong, Macao y Taiwán no están sujetos a las restricciones del párrafo anterior.
El plazo para conocer de las causas civiles por procedimiento simplificado es de tres meses, no prorrogable el plazo para el juicio.
El plazo para conocer de casos civiles en procedimientos de escasa cuantía es generalmente de un mes, pero no excederá de tres meses como máximo.
Para los casos civiles sujetos a procedimientos especiales, el plazo es de 30 días o dentro de los 30 días siguientes al vencimiento del anuncio si existen circunstancias especiales que deban ampliarse, deberá ser aprobado por el competente; decano o presidente del tribunal competente, pero la audiencia del electorado Los casos calificados deben concluir antes del día de las elecciones.
Para los casos civiles sujetos a procedimientos de supervisión, el plazo para dictar orden de pago o resolución de desestimación de la solicitud es de quince días para que la orden de pago surta efectos legales o para instar la terminación de la misma; El procedimiento o la orden de pago caducará automáticamente cuando el deudor reciba el pago a los quince días de la fecha de la orden.
Para los casos que se conozcan mediante procedimientos de notificación y recordatorio públicos, el plazo para emitir el anuncio será de tres días, y el plazo para la notificación y recordatorio públicos no será inferior a 60 días. Durante el período de publicidad, después de recibir declaración de un interesado, el plazo para dar por terminado el procedimiento de publicidad es de tres días; si no hay declaración, el plazo para que el solicitante emita sentencia declarando la nulidad del instrumento es de tres días; la aplicación.
Artículo 3 El plazo de prueba para los casos contencioso administrativos de primera instancia es de tres meses; si existen circunstancias especiales que requieran una prórroga, podrá ampliarse por tres meses con la aprobación del Tribunal Superior Popular.
A partir del 15 de mayo de 2011, se utilizará el procedimiento ordinario para los casos contencioso administrativos de primera instancia, con un plazo de seis meses; si existen circunstancias especiales que requieran una prórroga, ésta podrá prorrogarse con el aprobación del Tribunal Superior Popular.
A partir del 1 de mayo, el plazo para los casos contenciosos administrativos de primera instancia sujetos a procedimiento sumario es de 45 días.
El plazo de revisión para aceptar los casos en que los órganos administrativos soliciten la ejecución de actuaciones administrativas es de treinta días.
Artículo 4 El plazo de revisión de los casos de denuncia penal es de tres meses y no excederá de seis meses como máximo.
El plazo de audiencia para casos de apelación civil y administrativa es de tres meses; si existen circunstancias especiales que requieran una prórroga, la misma deberá ser aprobada por el decano o líder de nuestro hospital.
Artículo 5 El período de prueba para los casos penales de nuevo juicio es de tres meses; si es necesario ampliar el período, no excederá de seis meses.
El plazo de audiencia para los casos de nuevo juicio civil es de seis meses. Si hay circunstancias especiales que requieren una extensión, se puede extender por seis meses con la aprobación del presidente o líder de nuestro hospital; si es necesaria una extensión, se debe informar al tribunal superior popular para su aprobación;
El período de prueba para los casos de nuevo juicio administrativo es de tres meses; si hay circunstancias especiales que requieren una extensión, puede ampliarse por tres meses con la aprobación del Tribunal Popular Superior.
A partir del 15 de mayo de 2011, el período de prueba para los casos de nuevo juicio administrativo será de seis meses; si existen circunstancias especiales que requieran una extensión, podrá ampliarse con la aprobación del Tribunal Superior Popular.
Artículo 6 Cuando un delincuente sea entregado para ejecución de su pena, los documentos legales pertinentes deberán entregarse al órgano de seguridad pública, prisión u otro organismo de ejecución dentro de los diez días siguientes a la entrada en vigor de la sentencia.
Según los dictámenes escritos presentados por la Fiscalía Popular, el plazo para revisar la decisión de cumplir temporalmente las penas fuera de prisión es de un mes.
Según las recomendaciones de ejecución del organismo de ejecución, el plazo de revisión para los delincuentes que cumplen temporalmente condenas fuera de prisión es de quince días.
Si un caso penal es condenado a confiscación de bienes, los documentos legales pertinentes se transferirán al tribunal donde se presenta el caso de manera oportuna después de que la sentencia entre en vigor.
Si una persona es condenada a una multa en un caso penal y no la paga sin razones justificables o la paga en cantidad insuficiente, los documentos legales pertinentes se trasladarán al tribunal donde se presentó el caso. en tiempo y forma una vez transcurrido el plazo señalado en la sentencia efectiva.
Artículo 7 El plazo para los casos de ejecución es de seis meses; el plazo para los casos de ejecución no litigiosos es de tres meses. Si hay circunstancias especiales que requieren una prórroga, ésta puede prorrogarse por tres meses con la aprobación del líder a cargo; si es necesaria una prórroga, debe informarse al Tribunal Superior Popular para que conste en actas;
En los casos penales, el plazo de ejecución del decomiso de bienes y de las multas es de seis meses, pudiendo ser prorrogado con la aprobación del jefe a cargo.
El plazo de audiencia para los casos de objeción de ejecución es de quince días; si existen circunstancias especiales que requieran una prórroga, podrá ampliarse por quince días con la aprobación del decano o dirigente a cargo.
Para los casos en que las partes soliciten agregar o cambiar la persona sujeta a ejecución, el plazo de audiencia es de 30 días.
Artículo 8 El tribunal es el órgano responsable de las obligaciones de indemnización en los casos de indemnización estatal, y el período de prueba es de dos meses.