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¿Tiene que ser en persona para solicitar el registro de marca?

Subjetividad legal:

Las cuestiones a las que se debe prestar atención al solicitar una marca generalmente incluyen las siguientes: 1. Confirmar que la marca es identificable e innovadora para evitar ser rechazada. . 2. Tomar ciertas medidas de confidencialidad para evitar el registro de marcas por parte de terceros. 3. Busque el nombre de la marca con anticipación para evitar un viaje en vano a la Oficina de Marcas si ya ha sido registrada. 4. Preste atención al registrarse en categorías relevantes. Artículo 52 de la Ley de Marcas: Infringe el derecho exclusivo de uso de una marca registrada quien cometa cualquiera de los siguientes actos: (1) Usar la misma o similar marca en iguales o similares productos sin el permiso del registrante de la marca. (2) Vender productos que infrinjan los derechos exclusivos de las marcas registradas; (3) Forjar o fabricar marcas registradas de otros sin autorización o vender marcas registradas falsificadas o no autorizadas; (4) Sin el consentimiento del registrante de la marca, cambiar su marca registrada y devolver al mercado los productos con la marca modificada (5) Causar otros daños al derecho exclusivo de uso de marcas registradas de otros; Objetividad jurídica:

Artículo 11 de la “Ley de Marcas” No se registrarán como marcas los siguientes signos: (1) Sólo el nombre común, gráfica y modelo del producto (2) Sólo la indicación directa; la calidad del producto, principales materias primas, funciones, usos, peso, cantidad y otras características (3) Otras faltas de características distintivas; Si los signos enumerados en el párrafo anterior adquieren características distintivas por el uso y son fáciles de identificar, podrán registrarse como marcas. Artículo 4 de la Ley de Marcas: Si una persona física, jurídica u otra organización necesita obtener el derecho exclusivo de utilizar una marca para sus productos o servicios durante la producción y las actividades comerciales, deberá solicitar el registro de la marca a la Oficina de Marcas. Las disposiciones de esta Ley relativas a las marcas de productos básicos se aplicarán a las marcas de servicios. Artículo 8 de la Ley de Marcas: Cualquier marca que pueda distinguir los productos de una persona física, jurídica u otra organización de los productos de otras, incluidas palabras, gráficos, letras, números, signos tridimensionales, combinaciones de colores y sonidos, etc. ., así como combinaciones de los elementos anteriores, pueden solicitarse para su registro como marcas.