¿La comisaría está abierta los sábados y domingos?
Los sábados y domingos sólo trabajan los policías de guardia en la comisaría.
Los sábados y domingos solo hay algunos agentes de servicio y no se atienden asuntos. Generalmente, la comisaría sigue el horario unificado de trabajo y descanso nacional (de 8 a 12 horas, de 14 a 18 horas). ), sábado y domingo Sólo hay personal de guardia, y el horario de trabajo es: 8:30 a 16:00 horas. La comisaría funciona estrictamente de acuerdo con el horario de trabajo estipulado por el Estado, y los sábados y domingos son feriados legales. Sin embargo, de acuerdo con el principio de funcionamiento de servir a la gente y brindarles comodidad, la comisaría de Gaomiao adopta un mecanismo de procesamiento de citas para las personas que no pueden acudir a la comisaría para solicitar tarjetas de identificación durante los días laborables. solicitar tarjetas de identificación puede obtenerlas llamando a la policía de servicio. Comuníquese con la policía de servicio y haga arreglos para que los oficiales de policía con autoridad para solicitar tarjetas de identificación soliciten tarjetas de identificación para las masas.
Los órganos de seguridad pública (incluidas las comisarías) cuentan con personal de servicio las 24 horas del día durante todo el año, debiendo trabajar los días de descanso y festivos reglamentarios. Sin embargo, los departamentos de servicio sólo incluyen la Sección de Seguridad Pública, la Sección de Investigación Criminal, el Equipo de Tramitación de Casos, la Patrulla, etc. La Sección de Asuntos Domésticos, etc., respetan estrictamente el horario laboral legal y no trabajan los fines de semana.
La legislación de nuestro país estipula que los trabajadores deducen de los 365 días naturales del año 104 días festivos en 52 semanas y 11 festivos oficiales, deben trabajar 250 días al año y trabajar en promedio 20,83 días mensuales, trabajando 8. horas al día. Según este cálculo, el trabajador medio debería trabajar unas 167 horas al mes. El sistema de limitación de jornada no excederá de lo establecido anteriormente. Para los trabajadores que realizan trabajo a destajo, el empleador determinará razonablemente su cuota laboral y el estándar de remuneración a destajo de acuerdo con el sistema de horas de trabajo estipulado en el artículo 36 de la Ley del Trabajo.
Base legal:
"Ley del Trabajo"
Artículo 36 El Estado implementa una política de que la jornada laboral diaria de los trabajadores no excederá las ocho horas y el promedio semanal El tiempo de trabajo será un sistema de jornada laboral que no excederá de cuarenta y cuatro horas.
Artículo 38: El empleador deberá garantizar que los trabajadores tengan al menos un día de descanso por semana.
Artículo 41 Por necesidades de producción y operación, el empleador podrá ampliar la jornada laboral previa consulta con el sindicato y los trabajadores, generalmente no más de una hora por día si es necesario ampliar la jornada laboral por razones especiales; Por estas razones, en las condiciones de garantizar la salud de los trabajadores, la jornada laboral ampliada no excederá de tres horas diarias, pero no excederá de treinta y seis horas mensuales.
"Reglamento del Consejo Estatal sobre Jornada Laboral de los Empleados"
Artículo 3: El estado implementa un sistema de jornada laboral en el que los empleados trabajan ocho horas diarias y un promedio de 40 horas. una semana.
Artículo 4: Cuando se trabaje en condiciones especiales o existan circunstancias especiales que requieran una reducción adecuada de la jornada laboral, se seguirán las normas nacionales pertinentes.
Artículo 5: Debido a restricciones sobre la naturaleza del trabajo y las responsabilidades laborales, es necesario implementar un sistema de trabajo irregular, y la jornada laboral promedio semanal de los empleados no deberá exceder las 44 horas.
Artículo 6: Ninguna unidad o individuo podrá extender la jornada laboral de los empleados sin autorización. Si es necesario ampliar la jornada laboral debido a circunstancias especiales o tareas de emergencia, se implementará de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes.
Artículo 7 Los organismos estatales y las instituciones públicas implementarán un horario laboral unificado. A partir de la fecha de implementación del presente reglamento, los sábados y domingos de la primera semana serán días de descanso, y el domingo de la segunda semana serán días de descanso. , etcétera. .