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¿Es un delito que los empleados de telecomunicaciones roben la privacidad de otras personas y cómo deberían ser castigados?

La privacidad personal de los ciudadanos, como los métodos de comunicación, está protegida por la ley y está estipulada en la Constitución de mi país y los Principios Generales del Derecho Civil. Por lo tanto, el acto de robar y vender información personal de otras personas, como números de teléfono residenciales, con fines de lucro, es un acto ilegal que infringe los derechos de privacidad personal de otras personas. El artículo 253 de la Ley Penal estipula: “El personal de agencias estatales o unidades financieras, de telecomunicaciones, de transporte, educativas, médicas y otras, en violación de las normas nacionales, venden o venden información personal de los ciudadanos obtenida por sus unidades en el proceso de desempeño de sus funciones. Si el caso se presta ilegalmente a terceros, y las circunstancias son graves, la persona será condenada a pena privativa de libertad no mayor de tres años o prisión preventiva, y también o únicamente a multa. caso sea robado u obtenido ilegalmente por otros medios, la unidad será sancionada de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior. Si el delito es ilegal, la unidad será multada, y el responsable directo y demás personal directamente responsable. sancionado de conformidad con lo dispuesto en el párrafo respectivo "Se puede observar que los casos graves de robo y venta de información ajena pueden ser sospechosos de delitos penales". Puede presentar una demanda ante el tribunal. Si el tribunal determina que este comportamiento constituye un delito, los delincuentes que vendan en secreto su información personal serán severamente castigados por la ley.