¿Puede un juez ser abogado?
Los jueces pueden ser abogados, pero dentro de los 2 años siguientes a su cese en el cargo, no se les permite actuar como agentes litigantes ni defensores; casos tramitados por el tribunal donde originalmente sirvió, sin embargo, se exceptúa cuando actúe como tutor o pariente cercano de una parte en el litigio o defensa. Según el artículo 17 de la "Ley de Jueces", un juez no podrá actuar como agente litigante ni como abogado defensor dentro de los dos años siguientes a su renuncia al Tribunal Popular; un agente litigante para los casos tramitados por el tribunal donde originalmente sirvió o un defensor, el cónyuge o los hijos de un juez no podrán actuar como agentes litigantes o defensores en los casos tramitados por el tribunal donde actúa el juez. El reglamento solo exige que el cónyuge y los hijos del juez estén dentro del ámbito de recusación, pero otros familiares cercanos no están dentro del ámbito de recusación. Las leyes de nuestro país imponen restricciones a los jueces: (1) Los jueces no pueden servir simultáneamente como miembros del Comité Permanente del Congreso del Pueblo, no pueden ocupar simultáneamente cargos en agencias administrativas, agencias de supervisión o agencias de fiscalía, y no pueden servir simultáneamente como miembros. de empresas u otras organizaciones o instituciones con fines de lucro, y no podrán desempeñarse simultáneamente como abogados, árbitros y notarios. (2) Después de que un juez deja su cargo en el Tribunal Popular, no actuará como agente litigante o defensor en los casos tramitados por el tribunal donde sirvió originalmente, excepto como tutor o pariente cercano de una parte involucrada en el litigio o la defensa. (3) Después de la destitución de un juez, no podrá actuar como agente litigante o defensor, excepto como tutor o pariente cercano de una parte que actúe como agente o defensor. (4) Un juez no podrá actuar como agente litigante ni como defensor como abogado dentro de los dos años siguientes a su salida del tribunal.