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¿Qué significa infracción de derechos de propiedad intelectual?

Análisis jurídico: El delito de infracción de los derechos de propiedad intelectual se refiere al uso ilegal de los derechos de propiedad intelectual sin el permiso del titular de los derechos de propiedad intelectual, la infracción del orden nacional de gestión de la propiedad intelectual y los derechos e intereses legítimos de los titulares de los derechos de propiedad intelectual. , la cantidad de ganancias ilegales es grande o las circunstancias son graves. Los delitos de infracción de propiedad intelectual incluyen: falsificación de marcas registradas, venta de productos de marcas registradas falsificadas, fabricación ilegal o venta de productos de marcas registradas fabricados ilegalmente; infracción de derechos de autor, venta de copias infractoras de patentes e infracción de secretos comerciales; Los derechos de propiedad intelectual son los logros intelectuales del trabajo creativo humano, incluidos los derechos de patente, los derechos de marcas y los derechos de autor.

Base jurídica: "Derecho Penal de la República Popular China"

Artículo 213: Utilizar la misma marca que la marca registrada en el mismo tipo de productos sin el permiso del propietario de la marca registrada, si las circunstancias son graves, será sancionado con pena privativa de libertad no superior a tres años o prisión preventiva, y concurrente o únicamente con multa, si las circunstancias son especialmente graves, será condenado a pena de prisión; Pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años, y también multa.

Artículo 214 El que, a sabiendas, venda mercancías con marcas registradas falsificadas y el monto de las ventas sea relativamente elevado, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años o prisión preventiva, y también o únicamente con multa. Si el monto de las ventas es elevado, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años, y también multa.

Artículo 215 El que falsifique o fabrique sin autorización una marca registrada de otra persona o venda una marca registrada falsificada o no autorizada, será sancionado, si las circunstancias son graves, con pena privativa de libertad no mayor de tres años. , detención penal o vigilancia, y también será condenado a O multa sola si las circunstancias son especialmente graves, el infractor será condenado a pena privativa de libertad no menor de tres años pero no mayor de siete años y también será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años; multado.

Artículo 216 El que falsifique patente ajena, si las circunstancias son graves, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años o prisión criminal, y también o únicamente con multa.

Artículo 217: Quien cometa cualquiera de las siguientes situaciones de infracción de derechos de autor con fines de lucro, y el monto de las ganancias ilegales sea relativamente grande, o concurran otras circunstancias graves, será sancionado con prisión de duración determinada. de no más de tres años o prisión penal, y también será condenado a: O multa sola si el monto de los ingresos ilegales es enorme o concurren otras circunstancias particularmente graves, será condenado a pena de prisión de duración determinada no menor; de tres años pero no más de siete años, y también será multado:

(1) Copiar y publicar texto sin el permiso del propietario de los derechos de autor Obras, música, películas, televisión, obras de video, software de computadora y otras obras;

(2) Publicar libros sobre los cuales otros tienen derechos de publicación exclusivos;

(3) Sin grabación Copiar y distribuir los productos de audio y video producidos por el productor de video sin el permiso del productor del video;

(4) Producir y vender obras de arte que falsifiquen las firmas de otros.

Artículo 218 Quien con el fin de obtener ganancias, a sabiendas venda copias infractoras según lo estipulado en el artículo 217 de esta Ley y el monto de las ganancias ilegales sea enorme, será sancionado con pena privativa de libertad de no más de de tres años o Prisión penal, y concurrente o únicamente con multa.

Artículo 219 Quien cometa cualquiera de los siguientes actos de violación de secretos comerciales y cause grandes pérdidas al titular de los secretos comerciales, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años o prisión preventiva, y será también o únicamente multado si las consecuencias son especialmente graves, la persona será condenada a pena privativa de libertad no menor de tres años pero no mayor de siete años, y además será multada:

(1) Obtener los secretos comerciales del titular de los derechos mediante robo, inducción, coerción u otros medios desleales;

(2) Divulgar, utilizar o permitir que otros utilicen los secretos comerciales del titular de los derechos obtenidos mediante el párrafo anterior;

(3) Violar el acuerdo o el requisito del titular del derecho de guardar secretos comerciales, divulgar, usar o permitir que otros usen secretos comerciales en su posesión.

Se considerará que ha infringido los secretos industriales quien conozca o deba conocer los actos enumerados en el párrafo anterior y obtenga, utilice o divulgue secretos industriales ajenos.

El término "secretos comerciales", tal como se menciona en este artículo, se refiere a información técnica e información comercial que el público no conoce, que puede aportar beneficios económicos al titular del derecho, que es práctica y que la autoridad mantiene confidencial. titular del derecho.

El titular de los derechos mencionado en este artículo se refiere al propietario del secreto comercial y al usuario del secreto comercial con el permiso del propietario.