Red de conocimiento del abogados - Preguntas y respuestas penales - ¿Es legal el control de acceso por reconocimiento facial?

¿Es legal el control de acceso por reconocimiento facial?

El control de acceso por reconocimiento facial es legal si lo aprueba el propietario.

Sólo si el propietario o usuario del inmueble acepta voluntariamente el uso del reconocimiento facial, la recopilación y uso de información facial tendrá base legal.

Algunas propiedades obligan a los residentes a ingresar información facial. El reconocimiento facial es el único método de verificación para entrar y salir de la comunidad. Este comportamiento viola el principio de "consentimiento informado".

Cuando una propiedad utiliza un sistema de control de acceso por reconocimiento facial para ingresar información facial, se debe obtener el consentimiento del propietario o usuario de la propiedad. Si no están de acuerdo, el propietario deberá proporcionar un método de verificación alternativo, que no infrinja los derechos de la personalidad y otros derechos e intereses legítimos del propietario o usuario de la propiedad.

Existe una gran cantidad de aplicaciones "cara", como software de entretenimiento que cambia la cara, videos Guigui, etc., que corren el riesgo de ser infringidas. Al aplicar esta tecnología, también debemos estar preparados. para evitar el riesgo de infracción.

El artículo 110 de la “Ley Civil de la República Popular China” establece que las personas físicas gozan de los derechos a la vida, al cuerpo, a la salud, al nombre, al retrato, a la reputación, al honor, a la intimidad y a la autonomía matrimonial.

Las personas jurídicas y las organizaciones no incorporadas disfrutan de los derechos de nombre, reputación y honor.

Artículo 111: Los datos personales de las personas naturales estarán protegidos por la ley. Cualquier organización o individuo que necesite obtener información personal de otras personas debe obtenerla de acuerdo con la ley y garantizar la seguridad de la información. No debe recopilar, usar, procesar o transmitir ilegalmente información personal de otras personas, y no debe comprar ilegalmente. , vender, proporcionar o filtrar información personal de otras personas.

Artículo 993: Los sujetos civiles podrán permitir a otros usar sus nombres, títulos y retratos, salvo que tal permiso esté prohibido por la ley o por razón de su naturaleza.

Artículo 999: En la realización de reportajes informativos y vigilancia de la opinión pública para el interés público, podrán utilizarse razonablemente los nombres, títulos, retratos e datos personales de sujetos civiles. Aquellos cuyo uso irrazonable infrinja los derechos de la personalidad de los sujetos civiles incurrirán en responsabilidad civil de conformidad con la ley.

Artículo 108: Las personas físicas gozan del derecho de retrato y tienen derecho a hacer, usar, divulgar o permitir que otros usen su propio retrato de conformidad con la ley.

Un retrato es una imagen externa de una persona física concreta que puede identificarse en un determinado soporte a través de imágenes, esculturas, pinturas, etc.