Los abogados son muy diferentes. Hay demasiadas leyes existentes y no hay ningún abogado que domine todas las leyes. Se debe invitar a un abogado con experiencia en accidentes de tránsito para que lo represente. Puede consultar varios bufetes de abogados y elegir después de comparar. 3. Consultar casos de encomienda. A través de consultas y conversaciones, podemos comprender si el análisis del abogado sobre la responsabilidad por accidentes de tránsito es apropiado, si domina las normas de compensación y los métodos de cálculo, si está familiarizado con las leyes y regulaciones sobre el manejo de accidentes de tránsito y si comprende todo el opiniones de casos y representaciones específicas. Pueden pasar por los procedimientos de encomienda aquellas personas con alta calidad profesional y dispuestas a actuar como agentes. 4. Realizar los trámites de encomienda con un despacho de abogados. 1) Firmar un poder notarial, indicando los asuntos de la agencia y la autoridad de la agencia. La autoridad de la agencia debe ser clara. Si el poder solo establece agencia total sin autorización específica, el agente litigante no tendrá la autoridad para admitir, renunciar, cambiar el reclamo, llegar a un acuerdo, presentar una reconvención o apelar en su nombre. 2) Firmar un contrato de agencia. El cliente firma un contrato de agencia con el despacho de abogados, aclarando los asuntos y competencias de la agencia, las obligaciones y responsabilidades de ambas partes, y el período de validez de la relación de agencia. 3) Pago de honorarios de litigios para agentes y agencias autorizadas. El poder deberá especificar el monto de los honorarios de la agencia, los asuntos encomendados y la autoridad de la agencia. Si admite, renuncia o cambia un reclamo, concilia, presenta una reconvención o apela en su nombre, debe contar con la autorización específica de su cliente. El poder no puede decir simplemente "poder". Si se modifica o revoca la autoridad de la agencia, la parte interesada deberá notificarlo por escrito al Tribunal Popular. El poder se extingue por las siguientes causas: 1. Se termina el litigio; 2. El mandatario encomendado pierde su capacidad para la conducta civil o muere; 3. El mandante cancela el encargo o el representante abandona el encargo;