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Artículo 14 de la Ley de Sociedades Anónimas

Subjetividad jurídica:

El artículo 147 de la “Ley de Sociedades Anónimas” estipula las obligaciones y conductas prohibidas de los directores, supervisores y altos directivos. Cumplir las leyes, los reglamentos administrativos y los estatutos sociales, y tener el deber de lealtad y diligencia para con la empresa. Los directores, supervisores y altos directivos no aprovecharán su autoridad para aceptar sobornos u otros ingresos ilegales, ni apropiarse indebidamente de bienes de la empresa.

Objetividad jurídica:

Artículo 147 de la “Ley de Sociedades Anónimas” Los directores, supervisores y altos directivos deberán respetar las leyes, los reglamentos administrativos y los estatutos de la sociedad, y tienen el deber de Lealtad y diligencia ante las obligaciones empresariales. Los directores, supervisores y altos directivos no aprovecharán su autoridad para aceptar sobornos u otros ingresos ilegales, ni apropiarse indebidamente de bienes de la empresa.