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¿Puedo negarme a firmar un acuerdo de confidencialidad?

Los acuerdos de confidencialidad no se pueden rechazar. No todas las empresas ni todos los puestos necesitan firmar un acuerdo de confidencialidad. Generalmente, es solo para los ejecutivos de la empresa y los puestos que involucran los secretos fundamentales de la empresa. Si firma un acuerdo similar, dejar su trabajo será problemático y puede estar sujeto a restricciones de no competencia o daños y perjuicios.

Base jurídica: Artículo 871 del “Derecho Civil” El cesionario de un contrato de transferencia de tecnología o de un contrato de licencia de tecnología deberá, de acuerdo con el alcance y plazo pactados, utilizar la tecnología proporcionada por el cedente o transferidor a Cualquier secreto no revelado se mantendrá confidencial.

Artículo 872 del "Código Civil" Si el licenciante no licencia la tecnología según lo acordado, devolverá parte o la totalidad de las regalías y asumirá la responsabilidad por incumplimiento del contrato si implementa la patente o utiliza; secretos técnicos más allá del alcance acordado. Quien viole el acuerdo y permita arbitrariamente que un tercero explote una patente o utilice secretos técnicos cesará en el incumplimiento del contrato y será responsable del incumplimiento del contrato; quien viole la obligación de confidencialidad acordada será responsable; por incumplimiento de contrato.

Si el cedente fuera responsable por incumplimiento del contrato, se aplicará mutatis mutandis lo dispuesto en el párrafo anterior.

Artículo 873 del Código Civil: Si el licenciatario no paga el canon de uso acordado, deberá pagar el canon de uso y la indemnización liquidada según lo acordado. Si no se pagan regalías o daños y perjuicios, la persona dejará de implementar la patente o utilizar los secretos técnicos, devolverá los materiales técnicos y será responsable del incumplimiento del contrato si el uso de la patente o el uso de secretos técnicos excede el límite; alcance acordado, se permitirá a un tercero implementar la patente o utilizar los secretos técnicos sin el consentimiento del licenciante. Si la parte revela secretos técnicos, la parte cesará en el incumplimiento del contrato y será responsable del incumplimiento del contrato; la obligación de confidencialidad acordada, será responsable del incumplimiento del contrato. El cesionario responderá por incumplimiento del contrato de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.